BCP ordena rotación de las calificadoras de riesgo

Las sociedades calificadoras de riesgo no podrán prestar servicios a una misma entidad bancaria, financiera o de seguros por un lapso superior a seis años consecutivos, según dispuso el Banco Central del Paraguay (BCP) para establecer parámetros prudentes que garanticen una opinión objetiva por parte de las mismas.

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De esta forma el Banco Central quiere asegurar que la opinión de las calificadoras sobre el desempeño de las intermediarias financieras sea objetiva e independiente de cualquier relación laboral estrecha con las supervisadas y, a la vez, mitigar cualquier riesgo propio de la actividad financiera y de seguros, según establece la resolución N° 3 del día 28 de este mes, que amplía la resolución N° 2 del 17 de agosto de 2010 sobre las sociedades calificadoras de riesgo. La obligatoriedad de la calificación de riesgo rige desde el 2011. Esto considerando que el rol desempeñado por las agencias calificadoras de riesgo se revisó a nivel internacional luego de la reciente crisis financiera, conociendo su trascendental importancia para el normal desenvolvimiento del sistema financiero nacional y del sistema de seguros.

La normativa agrega además que las calificadoras deberán realizar cambios en la conformación del equipo de analistas, del personal especializado y del comité de calificación, como máximo, cada tres años.

El período para el cómputo de la rotación de las sociedades calificadoras contratadas rige a partir de la fecha en que la entidad financiera o de seguros firma el contrato con la misma, las que podrán ser contratadas de nuevo por la misma entidad luego de dos años.

En ese sentido, las sociedades calificadoras deberán informar a la Superintendencia de Bancos (SIB) y a la Superintendencia de Seguros (SIS) sobre sus entidades supervisadas y las rotaciones que realizan, detallando nombre de la entidad, así como de los cambios en la conformación del equipo de analistas, personal especializado y del comité de calificación.

Hasta el momento son cuatro las sociedades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) para emitir calificación a las entidades bancarias, financieras, de seguros, cooperativas, y valores de oferta pública.

Ellas son Solventa SA, Feller Rate, Evaluadora Latinoamericana y Care Calificadora SRL. La firma chilena Feller Rate es la que otorga calificación a la mayoría de los bancos, 11 de los 16 vigentes. En tanto que Solventa tiene entre sus clientes la mayor parte de las financieras, 8 de las 11 habilitadas por el BCP.

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