Fisco multará con G. 1.170.000 a comercios que no expidan boletas

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) del Ministerio de Hacienda dispuso la aplicación de una escala de multas en concepto de sanciones a los contribuyentes que no cumplan con lo establecido en la ley impositiva, suma que van desde 300.000 guaraníes hasta una máxima de 1.170.000 guaraníes.

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A través de la Resolución General N° 7, la viceministra Marta González Ayala estableció que serán sancionados con la multa máxima de 1.170.000 guaraníes aquellos contribuyentes que no expiden comprobantes de venta o por la entrega de un comprobante por monto menor al valor real de la operación, o por consignar en la copia un monto menor al consignado en el original, cuando sean detectados mediante compra simulada.

Esta medida surge luego de que los controles realizados por el Departamento Jeroviaha haya detectado una gran evasión en los comercios que operan en la Gran Asunción, mediante la no expedición de boletas.

También se multará con el monto máximo a los que no se inscriben en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y por no actualizar domicilio, actividad económica u obligaciones, cuando sean detectados mediante tareas de verificación, control y/o fiscalización.

Además, por omitir, no conservar por el periodo de prescripción, no ajustar a las formas y condiciones establecidas por la administración los libros, archivos, registros, sistemas y documentos de las operaciones y situaciones que constituyan hechos gravados.

La multa de 600.000 guaraníes será para aquellos que presentan fuera de plazo las declaraciones, informes, documentos, comprobantes de adquisición o venta de mercaderías relacionadas con hechos generadores de obligaciones tributarias, cuando sean solicitadas por la administración tributaria. Sin embargo, en el caso de que el plazo sea mayor a 30 días, el monto será de 1.170.000 guaraníes.

Asimismo pagarán 600.000 guaraníes los que no cuenten para su entrega comprobantes de venta en su establecimiento y aquellos que utilicen medios de generación de comprobantes de venta, notas de remisión y documentos complementarios distintos a los autorizados para el establecimiento.

La multa de 300.000 será por no actualizar el RUC, no exhibir la constancia del RUC en un lugar visible, no utilizar la numeración correlativa de los comprobantes de venta, notas de remisión y documentos complementarios, así como aquellos que expiden comprobantes de venta, notas de remisión y documentos complementarios con errores.

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