Por una “emergencia vial”, el MOPC solicitaría 56 millones de dólares

La declaración de emergencia vial que impulsa el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) busca obtener fondos para, supuestamente, reparar 22.500 kilómetros de caminos vecinales que quedaron intransitables luego de las lluvias. Se estima que el costo de cada kilómetro es de unos 2.500 dólares, lo que hace un total de US$ 56.250.000. Todo indica que se contratará por la vía de la excepción.

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Tras anunciar que la Cartera a su cargo impulsa una declaración de emergencia vial, el ministro Ramón Jiménez Gaona mantuvo ayer reuniones con miembros del Equipo Económico, pero no dio declaraciones al respecto. Quien sí lo hizo fue el viceministro Walter Causarano, quien dijo que casi todos los caminos vecinales están destruidos e intransitables tras las últimas lluvias, defendiendo la propuesta de declaración.

Para obtener la ampliación presupuestaria que está detrás de la declaración la propuesta debe ser analizada en el Congreso.

El monto

Fuentes extraoficiales revelaron ayer que el monto que se solicitará de ampliación presupuestaria será de unos 56 millones de dólares o incluso más. Este monto resulta de la estimación que hizo la Cartera de que por volver transitable solamente las contratistas les cobrarían alrededor de US$ 2.500 dólares por kilómetro.

Hacerlo transitable consiste básicamente en nivelarlo, haciendo pasar motoniveladoras por estos caminos.

Por la vía de la excepción

El ministro justificó la urgencia de realizar estos trabajos, con el pronóstico de “El niño”, que anuncia lluvias desde octubre y durante todo el verano, anticipando que las contrataciones se harán probablemente por la vía de la excepción.

Los supuestos establecidos en la Ley de Contrataciones Públicas a los que se acogería el MOPC para convocar a licitaciones masivas por vía de la excepción son los incisos “b” y “d” del artículo 33 de la Ley de Contrataciones Públicas.

El primero de ellos se refiere a los fenómenos naturales que afecten el orden social, la economía y los servicios públicos. Mientras el segundo menciona los casos en que no sea posible ejecutar obras mediante el procedimiento de licitación por la urgencia o eventualidad que las motiva.

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