Preocupa a Seam anuncio de suba impositiva para el diésel premium

Preocupa a la Secretaría del Ambiente (Seam) el anuncio hecho por el Ministerio de Hacienda de aumentar el impuesto selectivo al consumo (ISC) al diésel Tipo I o premium (el más refinado). La medida colisionaría con los postulados de la Ley 5211/14, “de calidad del aire”, que incluso habilita al Ejecutivo a otorgar incentivos a los combustibles menos contaminantes.

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Cabe recordar que el titular de Hacienda, Santiago Peña, anunció anteayer la decisión de subir el impuesto selectivo al consumo (ISC) para el diésel tipo I, un combustible utilizado generalmente por los autos lujosos.

Al respecto, el director general de Aire de la Seam, Ing. Ulises Lovera, manifestó que está preparando un escrito con base en los postulados de la Ley 5211/14 y que el ministro de la Seam solicitará una audiencia (la próxima semana) para analizar el tema con el ministro de Hacienda, tras la cual la institución estaría informando detalladamente a los medios de prensa sobre el parecer y el accionar futuro sobre este tema.

Lovera admitió que la decisión de Hacienda podría colisionar con los postulados de la mencionada legislación, particularmente con el Capítulo VI, que se refiere a los incentivos que el Poder Ejecutivo podría crear para lograr mejorar la calidad del aire.

Incentivos

Precisamente, el Art. 21 de la citada ley, relativo específicamente a los combustibles, se refiere a que el Ejecutivo “incentivará” la importación de combustibles en función a su incidencia contaminante, aplicando “medidas a favor” del consumo e importación de aquellos de menor poder contaminante. “Queda prohibida la comercialización de combustibles que contengan partículas contaminantes superiores a lo establecido en las normativas del Mercosur”, remarca el artículo.

Protección

El objeto de la normativa es proteger la calidad del aire y la atmósfera, a través del control de la emisión de contaminantes del aire, reduciendo de esta manera el deterioro del ambiente y la salud de todos los seres vivos. Designa como autoridad de aplicación a la Seam, la cual tiene entre sus funciones y deberes fijar un programa de control y monitoreo de las emisiones producidas por actividades que generen contaminación del aire, regular el nivel de emisiones permitidas, sancionar a los infractores, desarrollar programas de educación ambiental, establecer los estándares permisibles de contaminación del aire, entre otros.

Los sujetos de la ley son las fuentes fijas (instalaciones, equipos, entre otros, susceptibles de generar contaminación del aire), fuentes móviles (vehículos y demás unidades con capacidad de desplazamiento, que puedan contaminar el aire) y productoras de sustancias controladas por la ley. Están excluidos los ruidos y vibraciones; y las radiaciones ionizantes y no ionizantes.

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