Proceso para maquinizar Yguazú es avalado por Japón, pese a denuncias

Las licitaciones convocadas por la ANDE para la construcción de la Central de Yguazú se rigen por las Normas para Adquisiciones Financiadas por Préstamos AOD del Japón y no por la Ley 2051 de Contrataciones Públicas. Lo sorprendente es que se comprobaron irregularidades durante el proceso, incluso prohibidas en esas normas, pero prefirieron ignorarlas.

https://arc-anglerfish-arc2-prod-abccolor.s3.amazonaws.com/public/KA5USW6UHJE5POKOIQXFNZCNTM.jpg

Cargando...

Un ambiente de incertidumbre rodea el proceso de construcción de la central hidroeléctrica Yguazú que lleva adelante la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), que registra ya casi una década sin que se lo pueda concretar.

Como es sabido, todos los llamados convocados hasta ahora por el ente estatal tuvieron inconvenientes, principalmente en los Lotes 2 y 3, que son los principales y que están relacionados con las obras civiles e hidromecánicas, así como con la provisión e instalación de las turbinas.

El convenio de préstamo suscripto entre el Estado paraguayo, representado por la ANDE, y el Gobierno del Japón, a través del Banco de Cooperación Internacional del Japón (JBIC), establece en sus cláusulas que para el procedimiento de adquisición “de todos los bienes y servicios, salvo los servicios de consultoría, a ser financiados de los fondos del Préstamo estarán de acuerdo a las Normas de Adquisición en base a los Préstamos ODA del JBIC”. Esas normas –según el documento– se basan en “principios de calidad, transparencia y equidad, de manera a asegurar el correcto uso de los fondos cedidos por el pueblo japonés al Paraguay”.

Principios ignorados

Sin embargo, estos principios fueron ignorados para la adjudicación a la firma japonesa Toshiba Corporation-Mitsui & Co. Plant Systems Ltd., que resultó ganadora del Lote 3 para la provisión de turbinas por unos US$ 76 millones, pese a las reiteradas denuncias de irregularidades.

En ese llamado, por ejemplo, la Comisión Evaluadora de la ANDE le permitió a ese consorcio modificar su oferta después de conocida para ajustarse a los requerimientos y exigencias del pliego de licitación, pese que procedimientos de este tipo están expresamente prohibidos por esas normas.

El caso más reciente se dio en el llamado para el Lote 2, correspondiente a la construcción de obras civiles, en el cual se presentaron cuatro consorcios oferentes, de los cuales tres fueron descalificados y solo uno quedó habilitado para presentar su oferta. Cuando los representantes del Consorcio Hydrochina-Tecnoedil solicitaron formalmente conocer los motivos de su descalificación, fueron convocados por autoridades de la ANDE y de la JICA, quienes explicaron los motivos verbalmente, pero se negaron a entregar el dictamen de la evaluación, argumentando la cláusula de confidencialidad que se rige por el convenio.

La consultora japonesa

Para el proyecto y fiscalización de esta obra la ANDE contrató por el procedimiento de lista corta a la consultora japonesa Nippon Koei Co. Ltd. por unos US$ 25 millones, de los cuales desembolsaron ya unos US$ 11 millones para la realización del anteproyecto que sirvió de base para la elaboración de los pliegos de bases y condiciones.

Uno de los principales cuestionamientos de algunos referentes del sector de la construcción es que ese anteproyecto presenta muchas indefiniciones, razón por la cual es imposible estimar un costo exacto para las obras, que incluso podrían incrementarse porque se trata de una obra de alto riesgo.

Ayer intentamos conocer la versión de la firma nipona con oficina en Asunción; sin embargo, los responsables indicaron que el único autorizado a brindar declaraciones sobre el proyecto Yguazú es el gerente general de la firma, que se encontraba de viaje y cuyo nombre tampoco quisieron brindar.

Según los datos recabados, los profesionales paraguayos que habrían trabajado con la Nippon Koei son los ingenieros Ovidio Ovando y Juan Manuel Cano Fleitas.

INTERESES YA COMENZARON A CORRER

De acuerdo con lo previsto en la sección 2; referente a los Intereses y Método de Pago, el prestatario, en este caso el Estado paraguayo a través de la ANDE, “pagará intereses al Banco semianualmente a la tasa de tres cuartos del uno por ciento (0,75%) por año sobre el monto desembolsado y pendiente”.

Esto significa que a partir de los primeros desembolsos, los intereses comenzaron a correr; lo que además incrementa el costo final que tendrá la obra, que arrastra un atraso de por lo menos cinco años en su cronograma inicial. Según con las últimas previsiones de la ANDE, la expectativa era concluir los procesos licitatorios en este 2014 como para que las obras arranquen en 2015.

Enlance copiado
Content ...
Cargando ...