¿Quién pagará obras de la EBY?

¿Cómo financiarán las nuevas obras del complejo Yacyretá cuya realización acordaron los presidentes Horacio Cartes y Mauricio Macri en el Acta que firmaron el 4 de mayo último en la isla Yasyretá? Esta es otra de las preguntas que los negociadores del documento no responden con claridad hasta la fecha.

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“La Entidad Binacional Yacyretá (EBY) analiza la emisión de “bonos verdes” para financiar parte de la construcción de la usina hidroeléctrica en Aña Cua y la ampliación de su central principal con tres turbinas adicionales, informaba el director argentino, Humberto Schiavoni” según una publicación de ABC Color el día 15 del presente mes. 

El material de referencia agrega que Schiavoni hizo esa declaración en la apertura del seminario sobre “Finanzas climáticas y bonos verdes”, que se llevó a cabo en Posadas, Argentina.

Añade que el director argentino de la EBY informó que trabajan en la certificación para la binacional de bonos climáticos o bonos verdes, porque tienen varios proyectos que van a contribuir a sustituir energía contaminante con energía limpia. Schiavoni añadía que esa posibilidad servirá para solventar “tanto la incorporación de tres nuevas turbinas (a la principal casa de máquinas) como la subrepresa del Aña Cua, que aportará a la matriz energética generación de energía limpia”.

El ingeniero Axel Cid Benítez Ayala, en un trabajo titulado “EBY, más obras para más deudas”, publicado en parte en la edición de ayer del suplemento económico de ABC Color, advierte que los montos que demande la ejecución de estos contratos “serán financiados o estarán incluidos en la propia tarifa de gastos anuales de explotación” de la central hidroeléctrica binacional.

Benítez alertó que al incluirse en el cuadro de gastos anuales de explotación de la usina, “el pago va a corresponder a las altas partes según su respectiva contratación...”.

Recuerda, además, que este procedimiento de financiación “es del todo contrario al tratado”.

El ingeniero Benítez trascribió el inciso 1.5 del Anexo C para fundamentar su conclusión: “Gastos de explotación: todos los gastos imputables a la prestación de los servicios de electricidad, incluidos los gastos directos de operación y de mantenimiento, inclusive las reposiciones causadas por el desgaste normal, gastos de administración y generales, además de los seguros contra los riesgos de los bienes e instalaciones de Yacyretá”.

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