Reglamentan fondo de garantías para Mipymes

El Banco Central del Paraguay (BCP) aprobó ayer el reglamento del Fondo de Garantías para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes), autorizado por la Ley N° 5628/16.

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La Resolución N° 12 del directorio del Banco Central, con fecha 14 del presente mes, señala que el artículo 12 de la citada disposición otorga al BCP la facultad de establecer la relación entre garantías autorizadas y el capital del fondo.

Explica que conforme experiencias internacionales, en especial, el estudio para la creación del Sistema Regional de Garantías para Pymes en Centroamérica, mercado similar al local, un apalancamiento conservador se encuentra en 1 y 4 veces.

Añade que tomando como parámetro el capital inicial del fondo y el nivel de apalancamiento de las instituciones bancarias, el propuesto en la presente responde a niveles razonables, considerando que el 50 por ciento del permitido a estas últimas otorgaría un marco inicial prudente que se podría incrementar de acuerdo a la evolución de las operaciones.

El anexo de la resolución señala que el apalancamiento consiste en la relación que debe existir entre el total de las garantías comprometidas y el patrimonio del fondo, y establece que el apalancamiento no podrá ser superior a 5 veces el patrimonio.

En lo que respecta a las garantías, que el valor computable otorgada en el marco del fondo constituido por Ley N° 5628/16 será del 100 por ciento; entre otras disposiciones fijadas en la referida resolución.

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