Rigen nuevas reglas del BCP para el uso de cajeros y pagos vía celulares

Desde hoy entra en vigencia el “Reglamento de las Cuentas de Pago de Remuneraciones” que establece condiciones mínimas para los servicios financieros, como uso de cajeros automáticos y pago de salarios vía celulares.

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Con la vigencia de la Resolución N° 4 del Banco Central del Paraguay (BCP), con fecha 4 de mayo, las entidades financieras que ofrezcan el servicio mediante cajeros automáticos y/o corresponsales no bancarios, deberán contar con condiciones de uso básico para los usuarios.

La normativa establece como condiciones básicas, que el mecanismo deberá ofrecer al usuario un mínimo de diez utilizaciones por mes sin costo, pudiendo ser extracciones o consultas.

En lo que respecta a la imposición de cargos por utilización de cajeros de propiedad de otros bancos, financieras y cooperativas, queda a criterio de cada entidad pagadora la aplicación de límites de extracciones y consultas y el cobro de comisiones por excesos. Sin embargo, en ciudades donde la entidad pagadora no posea cajeros automáticos propios, los existentes serán considerados como propios y estarán sujetos a la cantidad de transacciones y consultas como si fueran propios.

Previamente a la vigencia de esta normativa, los entes financieros cobraban por excesos en los cajeros automáticos antes de las diez operaciones realizadas.

Pago vía celulares

El BCP también permite ahora que las empresas de medios de pagos electrónicos (EMPE) realicen pagos de salarios a través de los teléfonos celulares.

La EMPE pagadora, según la Resolución N° 4, deberá habilitar sus puntos de ventas para que los beneficiarios puedan realizar, como mínimo, 10 extracciones al mes sin costo y la medida se extiende a los cajeros automáticos de propiedad de las citadas empresas.

Además, agrega, que en aquellas ciudades en las cuales la EMPE pagadora no posea canales para efectuar las extracciones, deberá gestionar el pago a través de otras entidades pagadoras existentes, en las mismas condiciones como si fueran canales propios.

También dispone el BCP, que deberá habilitar por lo menos un medio a través del cual el beneficiario podrá realizar pagos electrónicos al mes sin costo.

Aplicación

Las disposiciones son aplicables a las entidades financieras y aquellas proveedoras de dinero electrónico que presten el servicio de pago de remuneraciones y pasividades, que se encuentren bajo la regulación de la banca matriz.

El BCP señala que con esto se establecen condiciones mínimas y criterios que las entidades pagadoras deberán cumplir para la provisión del producto y, con ello, promover la transparencia, elevar la bancarización e inclusión financiera.

Sueldos, jubilaciones y otros

Según el BCP estas cuentas beneficiarán a las personas que reciben salarios, jubilaciones, beneficios sociales, transferencias monetarias condicionadas y otros haberes, a través de bancos, financieras o entidades de medios de pagos electrónicos (EMPE), lo que ayudará a la formalización de la economía. En el mercado, según datos del sector privado, existen actualmente en circulación más de 1.269.000 tarjetas de débito para el pago de los referidos beneficios.

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