Seprelad reglamenta registro de las acciones al portador

La Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad) emitió ayer la Resolución Nº 345, que establece políticas preventivas para identificación de accionistas de empresas y habilita el registro para las acciones al portador (RAP).

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Se informó también que ya comunicaron sobre la nueva disposición a la Superintendencia de Bancos (SIB), organismo encargado de aplicarla a los sujetos obligados, supervisados por el BCP.

Según la normativa, los propietarios de empresas que operan con bancos deberán convertir sus acciones registradas al portador a nominativas o, en su defecto, mantener sus acciones al portador, como estipula el Código Civil, pero deberán registrarlas y dejarlas bajo custodia en una entidad financiera para identificar al beneficiario final y el origen de los fondos.

Es una exigencia mundial para la prevención del lavado de dinero, explicó el titular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich.

En el caso de que el cliente se niegue a dar cumplimiento a la nueva exigencia, el mismo deberá comunicar esa decisión, por escrito, a su banco, hecho que constituirá una señal de alerta a la Seprelad.

Caso Forex

Según el titular de la Secretaría, esta normativa va a permitir desmantelar maniobras hoy presentes en la región y en nuestro país.

Recordó que en un caso reciente, que involucró a la casa de cambios (Forex) y cuatro bancos (Sudameris, Regional, Continental y BBVA) de plaza, pudieron desmantelar más de 20 empresas de fantasía con una tipología similar, que armaron todo un esquema para remesar fondos al exterior, evidenciándose delitos aduaneros, evasión impositiva y lavado de activos por unos US$ 600 millones.

Según Boidanich, esta normativa ya no permitirá a las entidades supervisadas por el BCP operar con empresas en las que no se pueda identificar a sus propietarios o accionistas.

No obstante, para dar más fuerza a esta reglamentación, ya está en estudio un proyecto de ley para modificar artículos del Código Civil que facultan el tipo de sociedad con acciones al portador.

Un gran paso

Por su parte, el titular del Banco Central, Carlos Fernández V., destacó el aporte de esta nueva normativa para el control del lavado de activos y consolidar la lucha que permitirá garantizar la integridad de las sociedades.

“Creo que es un paso en la dirección correcta y lo hemos aprobado. Ojalá vayamos un poco más allá y no solamente por una resolución, sino que también se incorpore muy pronto a la ley, para que tenga mayor fuerza legal”.

Añadió que “es importante saber quién es el cliente y con las acciones al portador no se sabe exactamente. En la mayor parte del mundo este tipo de acciones no existe y en un país serio ya no puede existir”, afirmó.

Explicó también que la norma no prohíbe las acciones al portador, simplemente que la sociedad que quiera trabajar con el sistema financiero debe registrarse. “Si estas empresas optan por lo contrario, obviamente eso va a traer su consecuencia”, advirtió.

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