Tener bosques podrá evitar o reducir pago de varios impuestos

Ya es oficial el reglamento del Art. 11 de la Ley 3001/06 , de Servicios Ambientales. Se trata de un decreto que es un avance para crear un sistema de emisión de bonos en concepto de bosques conservados, que podrá negociarse en los mercados de capitales, en la Bolsa de Valores y para compensaciones impositivas, pero todavía falta reglamentar el artículo 8 de la misma ley.

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El Ejecutivo promulgó días atrás el Decreto 11202 por el cual se reglamenta el Art. 11 de la Ley 3001/06 “De valoración y retribución de los servicios ambientales”, el cual permitirá establecer el mecanismo para emisión de los certificados de servicios ambientales, que serán libremente negociables, según información difundida por la Federación Paraguaya de Madereros (Fepama).

Referentes del sector forestal explicaron que la promulgación del decreto es fundamental para terminar de reglamentar el nuevo régimen que permitirá la valoración y retribución de los servicios ambientales, en lo que atañe a bosques naturales en el Paraguay.

Al respecto, el titular de Fepama, licenciado Juan Carlos Altieri, dijo que los propietarios de tierras boscosas que cumplieron con las leyes ambientales, sean estos personas físicas o jurídicas, podrán negociar con otros terratenientes, que tuvieren pasivos ambientales, para compensar su impacto ambiental mediante la negociación de estos certificados o bonos de conservación.

“Los certificados de servicios ambientales podrán utilizarse para la compensación de tributos locales o nacionales como el Imagro, el Impuesto Inmobiliario y el Impuesto a la Renta Personal, siendo del tipo cupón cero que no generarán intereses ni saldos ejecutables contra el Estado paraguayo, salvo en su modalidad de compensación impositiva de hasta un cincuenta por ciento (50%) del impuesto adeudado”, explicó.

Por otra parte, el director del Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA) detalló que la reglamentación parcial establecida prevé la determinación –en un plazo perentorio– de los valores nominales de los certificados de servicios ambientales, posibilitando de esta manera que los bosques certificados en una ecorregión puedan ser utilizados para compensar los déficits registrados en otras ecorregiones, contribuyendo a su vez en lo inmediato a disminuir el ritmo de la deforestación en el Chaco.

“Con esta reglamentación se empieza a poner en funcionamiento un régimen de certificación de deforestación evitada, que podrá contribuir a dar paso a una salida ordenada de la “Ley de Deforestación 0”, de la región Oriental.

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