Acabar con las roscas que dominan las licitaciones con el Estado

Al cabo de una licitación pública, el Comité de Evaluación de Ofertas (CEA) de la Corte Suprema sugirió que el servicio de limpieza en el Palacio de Justicia sea realizado durante dos años por la firma Renova SA, a un costo de 7.362 millones de guaraníes. La adjudicataria tiene solo tres empleados inscriptos en el IPS, según su representante legal. Es censurable que la citada empresa participe y gane una nueva licitación, ya que fue denunciada en 2012 en el marco de otra que ganó en el IPS en consorcio con la firma Cevima, del cuestionado exdiputado José Chamorro. En esa ocasión, los limpiadores denunciaron que se les pagaba solo 900.000 guaraníes, pero que debían firmar recibos por 1.658.232 millones, el salario mínimo legal vigente entonces. ¿No quedan anotados estos antecedentes en la DNCP para impedir que la misma empresa continúe ganando licitaciones? La práctica de la ilegalidad debe ser un obstáculo insalvable para contratar con el Estado.

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Al cabo de una licitación pública, el Comité de Evaluación de Ofertas (CEO) de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sugirió que el servicio de limpieza en el Palacio de Justicia sea realizado durante dos años por la firma Renova SA, a un costo de 7.362 millones de guaraníes. La adjudicataria tiene solo tres empleados inscriptos en el Instituto de Previsión Social (IPS), según su representante legal, José Fernández Zacur. La excusa de este señor es que el pliego de bases y condiciones no exigía que los oferentes presentaran una nómina de personas inscriptas en el IPS, sino solo una lista tentativa de los empleados que prestarían el servicio. Es decir, no estaba al tanto de que en el Paraguay existe un seguro social obligatorio. Evidentemente, tampoco lo sabían la CSJ, que aprobó el pliego de bases y condiciones, ni el CEO, que hizo la recomendación.

Los involucrados en esta escandalosa operación tampoco estaban enterados de que el art. 40, inc. k de la Ley de Contrataciones Públicas dice que las personas físicas o jurídicas que se encuentren en mora como deudores del fisco o la seguridad social no podrán presentar propuestas en los procedimientos de contratación previstos en esa ley ni contratar con los organismos, entidades y municipalidades. Conviene que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) y, eventualmente, el Ministerio del Trabajo y el IPS tomen debida nota de la supina ignorancia revelada.

Pero lo realmente censurable en este caso es que la empresa Renova SA participe y gane una nueva licitación a pesar de que ya fue denunciada en 2012 en el marco de otra que ganó en el Instituto de Previsión Social (IPS), en consorcio con la firma Cevima. En esa ocasión, los limpiadores denunciaron que se les pagaba solo 900.000 guaraníes, pero que debían firmar recibos por 1.658.232 guaraníes, es decir, por el salario mínimo legal. ¿No quedan anotados estos antecedentes en la DNCP para impedir que la misma empresa continúe ganando licitaciones?

Los pliegos de bases y condiciones para licitaciones del Estado deben exigir la presentación de una constancia del Ministerio del Trabajo de que los empleados del oferente perciben el salario mínimo legal y una constancia del IPS de que cuentan con el seguro de rigor. La descarada corrupción y la influencia indebida que los padrinos políticos ejercen a la hora de adjudicar las licitaciones permiten que esas precauciones sean vanas y que las propias autoridades administrativas vulneren las normativas laborales. No debe extrañar, entonces, que la CSJ adjudique ahora un contrato a una firma que tiene solo tres empleados con seguro social, para limpiar la amplia sede de sus funciones.

La publicidad de los procedimientos debe contribuir a que la falta de certificados del Ministerio del Trabajo y del IPS permita impugnar a aquellos oferentes que no cumplen la ley. La práctica de la ilegalidad debe resultar un obstáculo insalvable para contratar con el Estado y no una gran ventaja competitiva, como resulta en la práctica. Los oferentes que respetan las leyes deben ser protegidos de la competencia desleal.

Es lamentable que las entidades públicas se aprovechen de la explotación laboral, so pretexto de que la Ley de Contrataciones Públicas obligaría a adjudicar necesariamente un contrato a quienes hayan ofrecido el menor precio, y ni qué decir cuando esa oferta se funda en el chantaje sufrido por los trabajadores y en la transgresión de las normativas laborales. Aquí aparece que a las organizaciones sindicales este tema les importa un bledo.

Encima, la firma consorciada con Renova SA para realizar trabajos de limpieza en el IPS está vinculada con el exdiputado José Chamorro, de cuestionada fama, cuyas empresas ganaron nueve licitaciones públicas convocadas por el ente previsional en 2012. En verdad, sus ofertas sobre variados bienes y servicios suelen tener una sospechosa aceptación en las licitaciones públicas de las diversas instituciones estatales.

La asociación con un proveedor tan afortunado le habrá enseñado a Renova SA a tener los “contactos” adecuados con las altas esferas y, cómo no, con el personal encargado de elaborar el pliego de bases y condiciones y de evaluar las ofertas. Según su representante legal, Fernández Zacur, el pliego de bases y condiciones del CSJ solo exigía demostrar “know how” o experiencia en el manejo de personal de limpieza. En verdad, el “know how” de la firma Renova SA es impresionante, aunque no necesariamente en limpieza. Se trata de una experiencia de primera mano, por así decirlo, ya que uno de los supuestos dueños –Gustavo Mareco– es guardaespaldas de Bullners SA, una de las empresas de vigilancia del exitoso exdiputado Chamorro que han sido beneficiadas con varias adjudicaciones de contratos por entidades públicas necesitadas de su generosa protección.

Estos casos constituyen indicios reveladores de las roscas que dominan las diversas licitaciones del Estado, que involucran a seudoempresarios inescrupulosos, políticos sinvergüenzas y funcionarios deshonestos. Es necesario acabar con ellas mediante la aplicación irrestricta de las leyes.

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