Fusionar municipios, antes que crear otros nuevos

La Cámara de Diputados acaba de rechazar el proyecto de ley que crea el municipio de Posta Ybycuá. Con buen criterio, el diputado Hugo Rubín dijo en la ocasión que, antes que crear nuevos municipios, se debería disminuir la cantidad de los existentes, una opinión que compartimos porque muchos de los actuales no reúnen los requisitos exigidos por ley para constituirse en tales. El nacimiento de un municipio suele responder al deseo de los dirigentes políticos locales de administrar impuestos, tasas, royalties y ahora hasta recursos del Fonacide. De paso, podrán disponer de cargos a favor de sus allegados y cobrar un sueldo como intendente o una dieta como concejal. Es plausible, pues, que la nueva Cámara de Diputados, por lo menos en esta materia, ponga fin a la tendencia de la anterior de dar rienda suelta al clientelismo político en desmedro de las leyes vigentes.

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La Cámara de Diputados acaba de rechazar el proyecto de ley que crea el municipio de Posta Ybycuá, una comunidad actualmente dependiente de Capiatá. Con buen criterio, el diputado Hugo Rubín dijo en la ocasión que, antes que crear nuevos municipios, se debería disminuir la cantidad de los existentes, una opinión que compartimos porque muchos de los actuales no reúnen los requisitos exigidos por ley para constituirse en tales.

Sin embargo, la anterior Cámara de Diputados había aprobado en los últimos tramos de su gestión la “distritación” de Remansito (Villa Hayes) y tenía dictamen favorable para la creación de otros tres municipios.

Si en 1992 había 207 municipios, hoy ya son 246. Seis de ellos fueron creados bajo la vigente Ley Orgánica Municipal (LOM) del año 2010, cuyo art. 2º fija las condiciones que debe reunir el nuevo municipio. Entre ellas, debe tener al menos diez mil habitantes, salvo que el tamaño y la distribución poblacional aconsejen dividir un municipio para crear el nuevo, una capacidad económica bastante para sostener la administración comunal y los servicios municipales básicos, y una infraestructura con calles, escuelas, colegios, centro de salud, comisaría policial, oficina del registro civil y oficinas de los entes proveedores de agua y de electricidad. La gran mayoría de los municipios creados desde 1992, si no todos, estuvieron y siguen estando lejos de reunir esas características. En su momento, ni siquiera satisfacían las modestas exigencias de la LOM de 1987, como la de tener una población mínima de solo cinco mil habitantes. En realidad, como las leyes son de igual rango, la que creara un municipio podría ignorar la LOM, sin ser por ello inconstitucional.

El nacimiento de un municipio suele responder al deseo de los dirigentes políticos locales de administrar impuestos, tasas, royalties y ahora hasta recursos del Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide). De paso, podrán disponer de un par de cargos a favor de sus allegados y cobrar un sueldo como intendente o una dieta como concejal, que les servirán para cubrir sus gastos menores, sin que el ejercicio de sus funciones les insuma mucho tiempo. Por lo demás, esos cargos electivos confieren cierto prestigio. Lograr que el pedido de “distritación” sea firmado por mil vecinos, como lo requiere la LOM, es lo de menos. Es irrelevante que la comunidad no pueda costear la administración municipal y la provisión de servicios básicos, ni que carezca de una infraestructura urbana mínima, como exige la ley. Se supone que todo eso vendrá después. Una de las razones alegadas para crear un municipio es, justamente, que solo así la compañía o colonia tendría lo que la ley exige que preexista a la creación. Es decir, un procedimiento al revés de la exigencia legal. Por de pronto, se reduce la capacidad financiera del “municipio madre”, con lo cual la provisión de servicios básicos se resiente y la autarquía dispuesta por la Constitución se torna aún más ilusoria. Como el nuevo municipio carece de suficientes recursos económicos propios, no podrá bastarse a sí mismo y dependerá de las demoradas transferencias del Ministerio de Hacienda.

Se podrían invocar las grandes distancias para independizar una comunidad muy alejada del casco urbano. Sin embargo, parece más aconsejable potenciar las marginadas Juntas Comunales de Vecinos para que realmente colaboren con la Intendencia Municipal en el cobro de tributos, en la realización de obras comunitarias y en la prestación de servicios básicos.

Atendiendo el factor geográfico, justamente, habría que hacer una reforma territorial para revisar los límites de aquellos municipios que tienen compañías y colonias muy distantes del asiento del gobierno comunal. Dado que muchas veces ellas están más cerca de la zona urbana de un municipio contiguo, una revisión de los límites permitiría acortar las distancias entre la administración y los vecinos.

Ninguna compañía o colonia debería estar más alejada del área urbana de su propio municipio que del área urbana de otro. Esta reforma no sería ni más radical ni más nociva que la creación de un municipio a costa de otro. La delimitación territorial debería fundarse en la racionalidad antes que en la tradición.

En vez de disgregar municipios y multiplicar así unas administraciones locales que no puedan cumplir correctamente sus funciones, habría que fusionarlos cuando la cercanía y las vías de comunicación lo permitieran. Si hay compañías y colonias que integran un mismo municipio aunque estén separadas por decenas de kilómetros, bien podrían unirse dos o más municipios cuyas zonas urbanas estén muy próximas, como los de la Gran Asunción o los de Encarnación y Cambyretá. La fusión permitiría aumentar la capacidad financiera municipal, reducir los gastos administrativos –un solo aparato administrativo sería menos costoso que dos– y abaratar los servicios esenciales, considerando la economía de escala. Si la fusión no fuera posible por motivos políticos y emocionales, habría que alentar una estrecha asociación entre los gobiernos de los municipios colindantes, plenamente urbanizados, para abordar tareas tales como la recolección y el tratamiento de residuos, la prevención de la contaminación ambiental o la organización y el mantenimiento de centros de abasto y de sistemas de desagüe pluvial. La Asociación de Municipalidades del Área Metropolitana (Amuam) podría hacer mucho más de lo que ha hecho hasta ahora. No obstante, es un modelo que podría ser imitado en el área Ciudad del Este- Presidente Franco-Hernandarias, donde los intereses comunes deberían prevalecer, por cierto, sobre la absurda cuestión limítrofe surgida entre las dos primeras ciudades. En cualquiera de los casos, habría que reforzar las organizaciones vecinales.

En las últimas dos décadas se crearon municipios que no pueden mantener una buena administración, dotarse de servicios comunales básicos y tener una mínima infraestructura urbana. Solo unas municipalidades fuertes podrán cumplir cabalmente las funciones que les dan la Constitución y la LOM. El diseño territorial influye en la capacidad de gestión y está ligado a esa importante fuente de recursos municipales que es el impuesto inmobiliario. Habría que empezar a discutirlo seriamente, en vez de seguir generando municipalidades débiles para beneficio, a lo sumo, de los caudillos locales. La ley también puede servir para unir municipios y cambiar sus límites, en función de la calidad de vida de los vecinos.

Es plausible, pues, que la nueva Cámara de Diputados, por lo menos en esta materia, ponga fin a la tendencia de la anterior de dar rienda suelta al clientelismo político en desmedro de las leyes vigentes.

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