Inexplicable negligencia en la Administración de Asunción

Por propia iniciativa y un mes antes de las elecciones internas previas a las municipales, el intendente asunceno, Arnaldo Samaniego, divulgó una lista de más de 50 empresas que adeudan a la Municipalidad un total de 90.000 millones de guaraníes, el 20% de la recaudación tributaria anual. Se trata de deudas acumuladas a lo largo de los años, pero el director de recaudaciones, Wilson Martínez Pico, les rogó a los morosos que se pongan al día antes del 10 de julio para beneficiarse con la exoneración del 100% de las multas y los recargos. ¿Cómo ha sido posible que solo tres empresas hayan acumulado deudas por más de cinco mil millones de guaraníes cada una sin que se haya procedido al cobro judicial por la vía de ejecución de sentencia? Hacemos esta pregunta porque el vecino común que está en mora, apenas tiene un retraso y ya recibe de inmediato una intimación, con la advertencia de que la asesoría jurídica tomará cartas en el asunto si la deuda no es saldada cuanto antes. Por lo visto, la Municipalidad actúa diferente cuando quien incurre en mora es una empresa, muchas de ellas poderosas.

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Por propia iniciativa y un mes antes de las elecciones internas previas a las municipales, el intendente asunceno, Arnaldo Samaniego, divulgó una lista de más de 50 empresas que adeudan a la Municipalidad un total de casi 90.000 millones de guaraníes, es decir, el 20% de la recaudación tributaria anual. Se trata de deudas acumuladas a lo largo de los años, pero el director de recaudaciones, Wilson Martínez Pico, les rogó a las morosas que se pongan al día antes del 10 de julio para beneficiarse con la exoneración del 100% de las multas y los recargos. Tanto la prolongada morosidad de las firmas contribuyentes como la exhortación del funcionario son francamente indignantes e ilustran la pésima calidad de la gestión municipal, aparte de evidenciar la violación de la Ley Orgánica Municipal (LOM ) y de la Ley de Reforma Tributaria (LRT).

La primera cuestión es el resultado de la extremada ineptitud o deshonestidad de la administración comunal. ¿Cómo ha sido posible que solo tres empresas hayan acumulado deudas por más de cinco mil millones de guaraníes cada una, sin que se haya procedido al cobro judicial por la vía de ejecución de sentencia, previa notificación a la obligada? Hacemos esta pregunta porque el vecino común que está en mora, apenas tiene un retraso y ya recibe de inmediato una intimación, con la advertencia de que la asesoría jurídica tomará cartas en el asunto si la deuda no es saldada cuanto antes. De hecho, es lo que corresponde cuando la deuda por impuestos, tasas y contribuciones queda impaga en los plazos fijados en las leyes y las ordenanzas.

El problema es que, por lo visto, la Municipalidad –o sus abogados– actúa diferente cuando quien incurre en mora es una empresa, muchas de ellas poderosas. Si ella es notificada y no hace caso, la Municipalidad espera unos años para terminar suplicándole, a través de la prensa, que pague pronto lo que debe, pues así se librará incluso de la multa. Podría ocurrir que ni siquiera sea intimada y se le deje en paz a cambio de una contraprestación informal, léase coima.

Se ignora desde cuándo las firmas deudoras han venido haciendo oídos sordos a los reclamos municipales, si es que alguna vez fueron formulados. En todo caso, son deudas de larga data y a la ciudadanía le gustaría saber por qué el intendente Samaniego, en sus cuatro años en el cargo, ha tenido tanta paciencia con tales empresas y ya no las ha hecho cobrar judicialmente, de acuerdo al art. 174 de la LOM. Todo indica que, aparte de no cumplir con su obligación, la Municipalidad de Asunción ha venido violando sistemáticamente el principio constitucional de igualdad ante la ley, al perseguir al pequeño deudor mientras tolera la notoria morosidad de aquellos a quienes ahora ha creído oportuno identificar.

Llamativamente, la publicación de la lista, con el evidente interés de presionar para obligar al pago de las millonarias deudas, ocurre en un momento previo a las elecciones municipales, en que los candidatos –entre quienes el intendente Arnaldo Samaniego aspira al “rekutu”– requieren de ingentes recursos para financiar sus campañas.

La inacción para cobrar las deudas en tiempo y forma sin ninguna duda solo es atribuible a la notoria ineficiencia y enorme corrupción de los funcionarios del área. Pero la responsabilidad final recae sobre el actual intendente, por no haberse desprendido de ellos y haber permitido que unas deudas tan elevadas se hayan ido acumulando durante casi todo su mandato.

¿Qué va a hacer Arnaldo Samaniego si los destinatarios de su público ruego no le hacen caso?

¿Reiterará la súplica o se olvidará del tema? Es evidente que no quiere aplicar la LOM a los grandes deudores con importantes abogados defensores, como lo hace con los pequeños indefensos. El perverso resultado de los “programas de cumplimiento voluntario” es que no existe ningún incentivo para abonar a tiempo, dado que incluso los morosos pueden quedar impunes de multas. Por tanto, las más de 50 firmas quedarían libres de toda sanción pecuniaria si en los próximos días abonaran sus multimillonarias deudas acumuladas. Esa exoneración sería ilegal, según el art. 171 de la LRT, que obliga a castigar la mora con una multa que puede llegar hasta el 14% del tributo no pagado, si el atraso es de cinco o más meses. La Municipalidad no está autorizada por la ley a exonerar a nadie del pago de la multa, y ni qué decir cuando la mora se extiende durante años.

Por alguna razón su Dirección de Recaudaciones hizo la vista gorda durante mucho tiempo, para concluir con un llamado patético de resultados inciertos. En este caso, como en tantos otros, los vecinos de Asunción no pueden estar orgullosos de su intendente: su trato desigual, su negligencia y su desdoroso pedido solo pueden irritar a quienes desean que Asunción sea bien gobernada.

Esta es una muestra de por qué los asuncenos deben mirar bien en el momento de votar en las próximas elecciones municipales para no volver a cometer la misma equivocación que en la anterior.

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