Repudiable pretensión de la Vicepresidencia de la República

El asesor jurídico de la Vicepresidencia, Santiago dos Santos, pidió al Consejo de Superintendencia de Justicia que preventivamente suspenda de inmediato la matrícula del abogado Arnaldo Gaona Brítez, porque este no solo le informó al Presidente de la República que Juan Afara supuestamente había cometido varios delitos, sino que también le solicitó que remita los antecedentes a la Cámara de Diputados para que se inicie el juicio político. Gaona Brítez incluso habría recurrido a la Embajada del Brasil. La torpe iniciativa revela que el asesor jurídico no ha leído la Acordada de la Corte Suprema que regula el sistema disciplinario del Poder Judicial, y que el Vicepresidente de la República ignora que un ciudadano tiene el derecho de peticionar a las autoridades y de dirigirse a embajadas extranjeras. Es tan absurda la presentación comentada, que solo cabe suponer que se está pretendiendo apartar de cierto juicio a un profesional del foro y, de paso, intimidar a toda persona que en adelante se atreva a ventilar eventuales fechorías del Vicepresidente.

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El asesor jurídico de la Vicepresidencia de la República, Santiago dos Santos, pidió al Consejo de Superintendencia de Justicia que preventivamente suspenda de inmediato la matrícula del abogado Arnaldo Gaona Brítez, porque este no solo le informó al Presidente de la República que Juan Afara supuestamente había cometido varios delitos, sino que también le solicitó que remita los antecedentes del caso a la Cámara de Diputados para que se inicie el juicio político. Gaona Brítez habría tenido, según el abogado de la Vicepresidencia, inclusive la osadía de recurrir a la Embajada del Brasil.

La torpe iniciativa revela que el asesor jurídico no ha leído la Acordada Nº 709/11 de la Corte Suprema de Justicia, que regula el sistema disciplinario del Poder Judicial, y que el Vicepresidente de la República ignora que un ciudadano tiene el derecho de peticionar a las autoridades y de dirigirse a embajadas extranjeras. Si Afara se cree falsamente acusado de haber incurrido en delitos de acción penal pública, es libre de promover una querella por calumnia a través de su abogado particular, pero no de pedir que su acusador sea castigado por una falta no tipificada. Aquí recurrió al asesor jurídico de un órgano para solicitar la sanción irregular de un ciudadano por una falta inexistente en un caso que no afecta a la entidad Vicepresidencia de la República.

El art. 7º de la referida acordada dispone que la falta y la sanción aplicables figuren en una norma anterior a la acción u omisión, y prohíbe tanto la interpretación analógica como la extensiva. Ninguno de los hechos atribuidos al abogado Gaona Brítez figura entre las faltas graves y leves previstas en los arts. 24 y 26 de la acordada. “Ante la gravedad de los hechos denunciados y la probable continuidad de la inconducta” de su colega, el asesor jurídico reclama “la suspensión inmediata de la matrícula en forma preventiva”.

Ciertamente, el art. 62 de la acordada prevé la suspensión preventiva del presunto responsable durante el sumario, si hay indicios de la comisión de una falta grave, y si la no adopción de la medida pudiera perjudicar a la Administración de Justicia o a las personas particularmente afectadas. Sin embargo, aparte de que el abogado no cometió ninguna falta grave, no es creíble que vaya a causar algún daño por sus lícitas actuaciones extrajudiciales. En realidad, lo que se busca es apartarlo de un caso judicial que afecta a una finca del distrito de Mayor Otaño, valuada en 17 millones de dólares, y de la que había sido desalojada su legítima propietaria –la familia Eisen– para beneficiar al polémico político colorado Luis Aníbal Schupp, gracias a la indebida influencia que habría ejercido el Vicepresidente de la República. Al lograr la “suspensión inmediata” de la matrícula del abogado, el vicepresidente Afara, quien no es parte en el juicio, volvería a incidir en el curso de la causa.

Las supuestas graves faltas cometidas por el abogado ya habrían concluido, salvo que se crea que ahora podría tratar de convencer personalmente a los diputados de la conveniencia de promover un juicio político. De todos modos, si tal fuera el caso, no podría ser sancionado por hechos aún no cometidos que, por lo demás, ni siquiera constituirían faltas. Si de lo que se trata es de impedir que se le inicie un juicio político al Vicepresidente de la República, la “suspensión inmediata” no tiene sentido, porque el abogado Gaona Brítez igual podría dar esos pasos aunque su matrícula haya sido suspendida o retirada. Es más, cualquier ciudadano, aparte de visitar la Embajada brasileña, podría dirigirse al Presidente de la República para formular la misma denuncia y el mismo petitorio. ¿Qué haría en tal caso Juan Afara?

Es tan absurda la presentación comentada, que solo cabe suponer que se está pretendiendo apartar de cierto juicio a un profesional del foro porque se tiene un interés personal en la cuestión y, de paso, intimidar a toda persona que en adelante se atreva a ventilar eventuales fechorías del Vicepresidente de la República.

En este escandaloso asunto se unieron la ineptitud y el abuso de poder. Juan Afara no tiene ningún derecho a tratar de impedir que un ciudadano ejerza su oficio por la simple razón de que se dirigió por escrito al Primer Mandatario para denunciar presuntos hechos punibles de acción penal pública y solicitarle que remita los antecedentes a la Cámara Baja. Si bien habría sido preferible que se dirigiera al Ministerio Público o a la Policía Nacional, o hasta directamente a uno o a más diputados, la vía elegida está muy lejos de convertirle en un infractor del reglamento disciplinario del Poder Judicial.

La prepotencia demostrada por el Vicepresidente de la República es inaceptable y alarmante. Si así actúa en tal carácter, es de temer que desde el cargo de presidente al que aspira, como ya es de conocimiento público, obraría como un mandamás de la peor especie. Queda a la vista que no distingue entre lo público y lo privado, ya que además de valerse del asesor jurídico de la Vicepresidencia de la República en una cuestión puramente personal, se inmiscuye indirectamente en un juicio entre particulares, en el que es parte interesada un amigo suyo, con quien llegó a usar como potrero el Parque Nacional Paso Bravo.

A Juan Afara se le acusa de haber incurrido en tráfico de influencias en el despojo de su propiedad a la familia Eisen, de modo que no sería sorprendente que ahora, con su actitud, confirme lo que en el departamento de Itapúa está en boca de todos. No obstante, es de esperar que ni el Consejo de Superintendencia de Justicia ni el juez instructor del sumario correspondiente se presten a servir de instrumentos para el ejercicio del “mbarete”, esta vez nada menos que desde uno de los más altos cargos de la República.

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