Sistema Nacional de Inteligencia

Está a consideración del Poder Ejecutivo la promulgación de la ley que crea el Sistema Nacional de Inteligencia (SNI), sancionada por el Congreso. La iniciativa no prevé la creación de una autoridad única de inteligencia nacional que enfoque, guíe y coordine las actividades de inteligencia de todas las reparticiones públicas que tienen que ver con la seguridad nacional, tanto externa como interna, a fin de que estas proporcionen apoyo de inteligencia oportuno y pertinente a la amplia gama de usuarios responsables de velar por los intereses nacionales en el ámbito del Estado. Se trata de una ley necesaria, pero que así aprobada probablemente se convierta en un pesado organismo, sin la ejecutividad que se necesita en tan importante materia, por lo que sería conveniente que el presidente Horacio Cartes vete la ley para que las Cámaras legislativas la vuelvan a someter a un examen exhaustivo e introduzcan las correcciones que sean necesarias.

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Está a la consideración del Poder Ejecutivo la promulgación de la ley que crea el Sistema Nacional de Inteligencia (SNI), una iniciativa impulsada por el diputado Hugo Rubín (Partido Encuentro Nacional) y sancionada por el Congreso. Si el Gobierno la promulga, también deberá reglamentarla, asignarle presupuesto y nombrar a quien será el secretario nacional de Inteligencia. Llamativamente, el proyecto de ley no prevé la creación de una autoridad única de inteligencia nacional que enfoque, guíe y coordine las actividades de inteligencia de todas las reparticiones públicas que tienen que ver con la seguridad nacional, tanto externa como interna, a fin de que estas proporcionen apoyo de inteligencia oportuno y pertinente a la amplia gama de usuarios responsables de velar por los intereses nacionales en el ámbito del Estado. En lugar de eso, crea un sistema colegiado de autoridad denominado Sistema Nacional de Inteligencia, compuesto por un Consejo Nacional de Inteligencia (CNI), el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa y FF.AA., el secretario permanente del Consejo de la Defensa Nacional y la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad).

A su vez, el Consejo Nacional de Inteligencia incluye entre sus miembros al secretario nacional de Inteligencia, quien lo preside; al ministro del Interior, el ministro de Defensa Nacional, el ministro secretario ejecutivo de la Senad y el ministro de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad). Las atribuciones del Consejo Nacional de Inteligencia son: establecer orientaciones acerca de los procedimientos y actividades de inteligencia y contrainteligencia acordes con las amenazas o riesgos que afecten a la paz, la seguridad nacional, el orden constitucional y el régimen democrático de gobierno; estudiar y otorgar su conformidad al Plan Anual de Inteligencia elaborado por el secretario nacional de Inteligencia; aprobar manuales de procedimiento y presentar a disposición del presidente de la República el Plan Nacional de Inteligencia para su consideración.

Por su parte, las funciones de la Secretaría Nacional de Inteligencia son: recolectar y procesar información de todos los ámbitos del nivel internacional y nacional; elaborar informes periódicos de inteligencia, de carácter secreto, que se remitirán al presidente de la República y a los ministerios u organismos que este determine; proponer normas y procedimientos de protección de los sistemas de información crítica del Estado, requerir de los organismos de inteligencia información necesaria; poner a disposición del presidente de la República y órganos conocimiento útil de inteligencia y de contrainteligencia; organizar y dirigir coordinación técnica entre los organismos integrantes del Sistema Nacional de Inteligencia.

Como señalamos más arriba, el pecado original de este sistema nacional de inteligencia elevado por el Congreso al P. E. para su promulgación es que, en vez de centralizar la autoridad institucional en el secretario nacional de Inteligencia, la diluye en el Consejo Nacional de Inteligencia, organismo en el que, por otra parte, se incluye a los ministros del Interior y de Defensa, entre otros, pero inexplicablemente se excluye al de Relaciones Exteriores, responsable clave de las relaciones internacionales en las que se juega el interés nacional. De hecho, la autoridad máxima del sistema nacional de inteligencia así estructurado –a menos que lo vete el P. E.– es un colegiado que, conforme a experiencia propia y ajena, no funcionará con la eficacia necesaria y deseada. A esto hay que agregar la innecesaria creación de una costosa burocracia estatal a ser costeada con el dinero de los contribuyentes.

La indirecta intención del proyectista pudiera haber sido la creación de un organismo semejante al Consejo de Seguridad Nacional que asesora al presidente de los Estados Unidos de América, pero sin tener en cuenta que este no tiene atribuciones ejecutivas como las asignadas en este caso al CNI. No obstante eso, las divergencias de criterios sobre un determinado asunto sometido a su consideración, así como filtraciones indiscretas, constituyen lugares comunes en el seno del mismo, como lo atestigua en sus memorias el exsecretario de Defensa Robert Gates. “Tuve que aprender que el envolvimiento de la Casa Blanca y el Consejo Nacional de Seguridad en las operaciones y en los detalles operacionales era usualmente contraproducente (…) Las raíces de mi infelicidad en la Casa Blanca en la administración de Obama fueron por eso, no las iniciativas políticas, sino más bien su microgerenciamiento”, escribe en la página 586 de sus memorias publicadas hace algún tiempo el mencionado exsecretario, con referencia a la dificultad de lidiar con una organización gubernamental colegiada de alto nivel sobre asuntos de seguridad nacional e inteligencia.

En cuanto a desacertados precedentes en nuestro país con organismos ejecutivos colegiados, vale la pena recordar el fiasco del Concoder, instancia gubernamental creada por el presidente Andrés Rodríguez para supuestamente mejorar el desempeño institucional del actual Indert, pero que en la práctica no funcionó. La imposibilidad de manejar una institución logrando consenso llevó a su presidente a pasar ociosamente su tiempo compartiendo rondas de tereré con los campesinos en sus capueras, antes que implementar medidas en su provecho.

Otra ponderación negativa del proyecto de ley de referencia tiene que ver con el criterio del proyectista de discriminar a militares y policías en situación de retiro, así como a ciudadanos con militancia política, para ocupar el cargo de secretario de Seguridad Nacional, en abierta transgresión de los Arts. 46 y 47 de la Constitución Nacional referentes a la igualdad y garantías de los ciudadanos ante la ley.

Se trata, en suma, de una iniciativa que contempla una necesidad para el Estado, pero que así aprobada probablemente se convierta en un pesado organismo, sin la ejecutividad que se necesita en tan importante materia, por lo que sería conveniente que el presidente Horacio Cartes vete la ley para que las Cámaras legislativas la vuelvan a someter a un examen exhaustivo e introduzcan las correcciones que sean necesarias.

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