Sospechosa intención

Desde hace varios años, nuestro diario viene sosteniendo que el valor fiscal de los inmuebles es muy inferior a su valor de mercado y que, por lo tanto, urge reajustarlo para que el pago del impuesto inmobiliario deje de ser tan irrisorio que hasta puede ser considerado una burla. También venimos sosteniendo, y lo continuamos haciendo, que la tasación debe estar a cargo de las municipalidades, bajo el permanente control de los vecinos, ya que es a nivel local donde mejor se puede saber lo que cuestan un terreno, una casa, una estancia, etc. En diciembre pasado los diputados aprobaron, no se sabe con qué razonamientos, un proyecto de ley que dispone como base imponible en el área rural cuatro veces el valor fiscal actual para el primer año de la vigencia de ley, y dice que el Poder Ejecutivo aprobará anualmente el sistema de valoración fiscal. Pero he aquí que el Senado incorporó una absurda disposición: que sea el Poder Legislativo en vez del Ejecutivo el que establezca el sistema de tasación de los inmuebles. Es fácil imaginar así que las autoridades municipales del país se convertirán en rehenes de senadores y diputados.

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Desde hace varios años, nuestro diario viene sosteniendo que el valor fiscal de los inmuebles es muy inferior a su valor de mercado y que, por lo tanto, urge reajustarlo para que el pago del impuesto inmobiliario deje de ser tan irrisorio que hasta puede ser considerado una burla. También venimos sosteniendo, y lo continuamos haciendo, que la tasación debe estar a cargo de las municipalidades, bajo el permanente control de los vecinos, ya que es a nivel local donde mejor se puede saber lo que cuestan un terreno, una casa, una estancia, etc.

El último 11 de diciembre los diputados aprobaron, no se sabe con qué razonamientos, un proyecto de ley que dispone como base imponible en el área rural cuatro veces el valor fiscal actual para el primer año de vigencia de la ley. Esta disposición es traída de los pelos, pues no se funda en ningún cálculo discriminado por zonas ni incluye los inmuebles urbanos, como si en ellos el valor fiscal y el real tuvieran exacta coincidencia. El documento dice que el Poder Ejecutivo aprobará anualmente el sistema de valoración fiscal fijado por el Servicio Nacional de Catastro (SNC) y que el mismo podrá reajustar el valor fiscal cada cinco años, confirmando así el centralismo previsto en la Ley N° 125/91, responsable de la discrepancia que motivó el proyecto de ley. Los senadores lo aprobaron el último 28 de mayo, con modificaciones.

Pero he aquí que el Senado incorporó una absurda disposición: que sea el Poder Legislativo en vez del Ejecutivo el que establezca el sistema de tasación de los inmuebles. En efecto, el artículo respectivo expresa: “El Congreso Nacional fijará en el Presupuesto General de la Nación, anualmente, el sistema de valoración fiscal de los inmuebles urbanos y rurales, determinado por el SNC”, y “podrá revisar cada cinco años los índices de actualización que resulten del comportamiento de la variación del valor de los inmuebles y reajustarlos por ley”.

El 20 de agosto pasado la Cámara Baja rechazó las modificaciones, de modo que el proyecto de ley volvió al Senado para un nuevo estudio. Si lo resuelto por los diputados era deplorable, un peor adjetivo cabe aplicar a lo dispuesto por los senadores, en particular en lo que hace a la pretendida intervención del Congreso en una materia propia de un órgano administrativo. Los parlamentarios deben sancionar leyes, controlar el Poder Ejecutivo, efectuar ciertos nombramientos y debatir sobre asuntos de interés general. Tasar la base imponible que establezca una ley tributaria, que en el impuesto inmobiliario es la valuación fiscal, compete al poder administrador, tal como surge de la Ley N° 125/91. Valuar un terreno no es una tarea legislativa sino administrativa.

Según la norma aprobada por el Senado, el Poder Legislativo podría modificar cada año, mediante la Ley del Presupuesto Nacional, la valuación fiscal hecha por el Servicio Nacional de Catastro, órgano dependiente del Ejecutivo, de cada uno de los inmuebles de los 252 municipios del país. Si esta entidad técnica ya se ha revelado incapaz de justipreciarlos adecuadamente, cabe suponer que el órgano legislativo será aún menos idóneo, con el agravante de que sus cálculos podrían responder a oscuros intereses.

La presunción que antecede no es descabellada pues, conociendo cómo opera la política local, es fácil imaginar que las autoridades municipales del país se convertirían en rehenes de senadores y diputados. En efecto, los intendentes y los concejales municipales tratarán de incidir en la decisión de los congresistas y estos, a su vez, no dejarán pasar la ocasión de complacerlos, por no decir chantajearlos, a cambio de favores políticos o hasta económicos. ¿Por qué no? Por lo demás, ¿cómo harán los legisladores para saber si la valuación hecha por el SNC en alguna localidad se ajusta o no a los precios del mercado? ¿La visitarán para verificar in situ la ubicación de cada uno de los inmuebles, dado que incluso los precios por metro cuadrado de los colindantes pueden diferir notablemente entre sí? ¿Qué tratamiento darán a sus respectivos predios, sobre todo aquellos diputados y senadores que son latifundistas? Estas preguntas no están de más ante la perspectiva de que sea el Congreso el que “reajuste” la valuación fiscal cada cinco años, ocasión en la que podrían intensificarse las “negociaciones” entre los parlamentarios y los políticos comunales, así como las maniobras extorsivas contra los propietarios o la compra de votos.

Más allá de las delicadas cuestiones de hecho que podrían plantearse, resulta absurdo que, en última instancia, la tasación de los inmuebles se haga a través del Presupuesto Nacional, un instrumento que prevé los ingresos y egresos anuales del Estado y que, obviamente, no incluye lo recaudado por las municipalidades en concepto de impuesto inmobiliario. No tiene ningún sentido que el Congreso se arrogue esa facultad.

En fin, el Senado no mejoró sino que empeoró, y mucho, el proyecto de ley aprobado y ratificado por la Cámara Baja al centralizar la valuación fiscal en el Congreso. Por nuestra parte, nos ratificamos en que las que mejor conocen los valores de las propiedades de sus respectivos ejidos son las propias municipalidades y sus Honorables Juntas, las que deben tener a su cargo establecer el valor de las propiedades para el pago del impuesto inmobiliario en sus respectivas jurisdicciones. Cualquier intento de sustraerles esa facultad para ponerla en manos de los legisladores despide un tufo desagradable y sospechoso, y puede pensarse en una mala intención.

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