Dilatan hace un año y cinco meses audiencia preliminar en caso Indert

Hace un año y cinco meses los acusados por un perjuicio de G. 48.000 millones dilatan la audiencia preliminar, en la que se tiene que resolver si afrontan o no juicio oral. La defensa de los procesados presentan recursos dilatorios, pero no son sancionados. La propia Corte se muestra complaciente con los encausados.

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El juez Rubén Riquelme ya intentó realizar en reiteradas ocasiones la preliminar, pero las defensas se turnan para presentar chicanas.

De acuerdo a los antecedentes, el 8 de abril de 2014 la Fiscalía acusó a Ortigoza por el perjuicio de casi G. 48.000 millones al Indert, mediante la compra irregular de cinco mil hectáreas en Cordillera, de la firma San Agustín, vinculada al senador Jorge Oviedo Matto.

El Ministerio Público también pidió juicio oral para Arnaldo Jara (hombre de confianza del político oviedista), la escribana Lilian Roa de Vargas, el diputado Milciades Duré, Justo César Gamarra, Víctor Blanco Samudio y Mario Echeverría.

Luego de admitir la acusación que presentó el fiscal de Delitos Económicos René Fernández, el magistrado Riquelme fijó la audiencia preliminar para el 18 de junio del año pasado.

Sin embargo, no se pudo realizar la diligencia por reposiciones presentadas por los abogados defensores José Antonio Valenzuela y José Fernández Zacur. La excusa fue que supuestamente no se notificó a Ortigoza y la escribana Roa.

Luego, se señaló la preliminar para el 3 de febrero de este año, pero el abogado Álvaro Arias, en nombre de Ortigoza y Roa, repuso la providencia con apelación en subsidio.

Cuando fue destrabada la chicana, Riquelme volvió a fijar la diligencia para el 21 de mayo de este año, pero el abogado Arias volvió a dilatar el caso con una recusación contra el juez.

La Cámara rechazó el 26 de mayo la recusación del letrado, pero el defensor insiste en apartar al magistrado, ya que el 10 de junio recurrió ante la Corte la resolución del Tribunal de Alzada, razón por la cual la audiencia preliminar fue de nuevo suspendida ese 10 de junio.

Hasta el momento, la Sala Penal de la Corte no se expide sobre la recusación de Riquelme.

El legislador parlasuriano Emanuel Friedman también fue imputado, pero hasta ahora no fue desaforado.

Sin sanciones

La Corte Suprema había sacado una acordada que sanciona a los letrados que presentan incidentes con el solo objetivo de dilatar el proceso. En la misma disposición, también se estableció un castigo a los magistrados que no la aplican.

Solamente contados jueces aplican lo que disponen los artículos 112 (buena fe), 113 (poder de disciplina) y 114 (sanciones) del Código Procesal Penal, que da amplias facultades a los magistrados para encauzar los procesos de las llamadas chicanas o recursos dilatorios.

La Acordada Nº 961/2015 prevé sanciones para los litigantes que hacen ejercicio abusivo del derecho. Esta acordada también dispone que los jueces que no aplican esta normativa deben ser sancionados.

Ni la propia Corte aplica su acordada, ya que tampoco sanciona a los abogados que recurren a la máxima instancia, al solo efecto de dilatar las causas.

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