El lado oscuro de los piropos

De aprobarse el proyecto de ley integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres basada en asimetrías de género, los hombres tendrán que pensar dos veces antes de abordar a una mujer en la calle porque según lo que diga, puede ser sancionado con 180 días multa o hasta 9 meses de trabajo comunitario, a la par de un resarcimiento económico a la afectada.

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El “acoso callejero”, previsto en el artículo 66, dice lo siguiente en su inciso 1°: “Quien intencionalmente dirija palabras o acciones con connotación sexual a una mujer con quien no mantiene relación de ninguna índole, en lugares o espacios públicos, o de acceso público, y con ello la perturbe, afecte su dignidad, o la ponga en una situación intimidante, hostil u ofensiva, será castigado con pena de hasta ciento ochenta días multa, o con pena alternativa de trabajo comunitario de hasta nueve meses”.

Acoso laboral, acoso telemático, acoso sexual y acoso escolar son otras variaciones a ser tenidas en cuenta, pues las penas pueden llegar hasta 5 años de cárcel, 480 días multa y dos años de trabajo comunitario.

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