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El fallo, dictado en el 2005, declaró probado un perjuicio de G. 1.321 millones, de los G. 2.400 millones referidos en la acusación fiscal. El dinero desviado debió ser destinado a obras viales, provisión de víveres para indígenas y de productos lácteos para escuelas de la zona.
En la misma resolución, Cuevas rechazó un incidente de prescripción presentado por el abogado Guillermo Duarte, quien alegó que la causa prescribió antes de que la Corte Suprema ratificara la condena, el 23 de noviembre de 2011.