Imputados por un millonario robo al BNF, beneficiados por fallos de juez

Un imputado por robo agravado fue liberado sin ningún tipo de restricción por el juez Jorge Garcete. Es en el caso en que se indaga el multimillonario robo a la sucursal del BNF en Villarrica.

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El juez penal de garantías de la ciudad de Villarrica Jorge Garcete Argüello hizo lugar a la revocatoria de la prisión de Víctor Daniel Ávalos, quien había sido detenido el pasado 3 de octubre en Reducto, San Lorenzo.

Según la policía, Ávalos habría integrado el soporte logístico de la banda que robó G. 8.546.121.400, en la tarde del 21 de setiembre de 2012, tras reducir a un militar que custodiaba la entidad y a varios de los funcionarios.

El pasado viernes Ávalos se presentó a una audiencia ante el juez y al día siguiente el magistrado dispuso su libertad, según confirmaron ayer fuentes de la fiscalía a ABC.

Las mismas fuentes indicaron que el día de la audiencia el magistrado solicitó la carpeta fiscal,
Veinticuatro horas después dispuso la libertad con el argumento de que los elementos de sospecha fueron desvirtuados, lo cual hizo al juzgar las actuaciones de la carpeta fiscal.

Las fuentes indicaron que el magistrado preopinó en su resolución al señalar que no había pruebas contra Ávalos y que esta es la realidad procesal del caso. Añadió que algunos fiscales tienen una mentalidad inquisitiva por el hecho de oponerse a la concesión de otras medidas menos gravosas.

Otro punto que la fiscalía cuestiona es que la defensa pidió medidas sustitutivas a la prisión, pero el juez le otorgó directamente la libertad.

Con esta decisión el imputado beneficiado no tiene ninguna otra medida cautelar que pueda asegurar su sometimiento al proceso.

Está en libertad sin ninguna restricción y puede inclusive salir del país problema alguno.

La fiscalía prepara una apelación basada en dos puntos. El primero es que la revocatoria de prisión se tramita por vía incidental y no mediante una audiencia de revisión de medidas cautelares, como aconteció.

El otro punto es que el artículo 245 del Código Procesal Penal prohíbe la concesión de medidas sustitutivas a imputados por crímenes.

De acuerdo a los antecedentes, en los primeros días de mayo el juez había rechazado un incidente de revocatoria presentado por la defensa de Ávalos.

En aquella ocasión el magistrado mencionó que había elementos de convicción que sustentaban mantener la prisión preventiva del prisión.

Pero el pasado sábado con los mismos elementos (declaraciones, informes, evidencias) el juez cambió su opinión e indicó que las evidencias son inconsistentes para seguir manteniendo la prisión.

Durante la semana pasada el mismo juez rechazó el pedido de la fiscalía de dictar la prisión para el abogado Darío Daniel Battaglia Cáceres, quien había sido imputado en este caso, por robo agravado.
El juez ni siquiera le impuso las medidas sustitutivas a la prisión.

Battaglia había sido imputado en febrero pasado, pero logró detener la audiencia de imposición de medidas al recusar a los fiscales Bernardo Elizaur y María Unger.

Estas recusaciones duermen en la Corte Suprema.

El caso está en forma interina a cargo de los fiscales de Coronel Oviedo Osvaldo García y Francisco Ayala.

Siguen detenidos Ramón Acosta Rojas y Diego Alberto Martínez Cáceres.

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