Corte rechaza aclaratoria solicitada por médicas

La Sala Penal de la Corte rechazó la aclaratoria interpuesta por las dos médicas condenadas a 3 años y medio de cárcel por negligencia. Las profesionales deberían litigar desde la cárcel, dijo el exfiscal de la causa.

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El 26 de junio pasado la abogada Cecilia Pérez, en representación de las médicas Olga Cañete y Sofía Oviedo, interpuso ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia una aclaratoria a la sentencia que establecía la culpabilidad de las doctoras mencionadas en un caso de muerte por negligencia médica (de la paciente Mercedes Páez en 2009). Según esa sentencia, deben cumplir una pena de 3 años y 6 meses de cárcel.

Los ministros que integran la Sala Penal resolvieron no hacer lugar a la medida solicitada por las médicas, según el Acuerdo y Sentencia 656 del 28 de agosto y que fuera difundido recién en la víspera. Este documento lleva la firma de los ministros Sindulfo Blanco, Alicia Pucheta y Luis María Riera. En el pedido de aclaratoria, rechazado por los magistrados mencionados, la representante legal de las condenadas pedía una reducción de la pena, según comentaron en la Corte.

Con esta negativa al pedido de aclaratoria, Cañete y Oviedo deberán ser privadas de su libertad una vez que la Corte envíe la resolución al juzgado de ejecución.

“Es raro que las médicas no estén litigando desde la cárcel. Generalmente es así, pero acá se entendió de otra forma. Durante el juicio se comprobó la culpabilidad de las ahora condenadas”, señaló el abogado Federico Torres, quien fuera fiscal de esta causa. Comentó que se comprobó que la señora Páez fue tratada por influenza, pese a que el análisis que le realizaron daba negativo para este tipo de enfermedad. “La seguían tratando por algo que no tenía. Además le suministraron un medicamento de nombre Dolgenol en una dosis superior a la recomendada por el laboratorio fabricante. Horas después de que se le dé el fármaco mencionado, se le suministró Diclofenac y cualquier médico sabe que no se pueden mezclar estas medicinas. La señora cayó en una descompensación galopante”, recordó Torres.

Destacó, además, que la médica Olga Cañete fue quien atendió a la paciente en la Unidad de Terapia Intensiva (UTI) sin tener una especialización para estar en esa área. “En 2009, cuando se dio este caso, Cañete tenía dos años de recibida. Es decir, no tenía la especialización requerida para atender a personas en la UTI. Durante el juicio se mostró que la profesional se había recibido en 2007 en la Universidad del Pacífico con promedio 2”, señaló.

Ahora pidieron revisión

Ante la decisión de no hacer lugar a la aclaratoria solicitada por las condenadas, la abogada Pérez solicitó ahora un recurso extraordinario de revisión nuevamente ante la Sala Penal. La asesora jurídica de las médicas citó en su presentación varias razones para argumentar el pedido de revisión. Una de ellas es que no hubo evidencia clínica que respalde el diagnóstico del perito de la querella (Dr. José Bellassai).

“Ingresó con infección”

La paciente Mercedes Páez (51) que falleció en 2009 no estuvo “completamente sana” en el día de la internación como afirman los jueces en la sentencia, indicó la abogada Cecilia Pérez, defensora de las dos médicas condenadas. “Los síntomas que presentó la paciente al ingresar a urgencias son todos síntomas de un cuadro infeccioso, cómo la influenza, similar a cualquier otra infección viral, por ejemplo el dengue o A H1N1”, señaló la asesora jurídica. Indicó que sus defendidas cumplieron con el protocolo.

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