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En Paraguay, durante el gobierno del presidente Horacio Cartes fueron asesinados cinco periodistas, entre ellos nuestro compañero Pablo Medina que cumplía tareas en la zona baja del departamento de Canindeyú.
Es una realidad que los periodistas son violentados de diferentes maneras en el ejercicio de la profesión. Tal es el caso del compañero Juan Augusto Roa, de Encarnación, quien fue golpeado brutalmente por personal de una dudosa empresa de seguridad privada durante la cobertura de los corsos encarnacenos el viernes último. Actuaron de forma injustificada y demencial, demostrando una nula preparación para este tipo de trabajo.
Asimismo, varios trabajadores de prensa son agredidos constantemente con total impunidad por autoridades y funcionarios públicos. Otros viven en zozobra por las amenazas recibidas de grupos criminales; mafia fronteriza, grupos armados y narcotraficantes. La Policía Nacional, el Ministerio Público y el Poder Judicial no investigan los casos como corresponde y los responsables operan libremente.
La Constitución Nacional (CN) garantiza el libre ejercicio del periodismo. El Estado tiene la obligación de generar las condiciones para que se cumpla este imperativo de la Carta Magna, ya que uno de los derechos fundamentales de cada paraguayo es el derecho a estar informado (artículo 28 de la CN).
La CN, en su artículo 29 señala que “el ejercicio del periodismo, en cualquiera de sus formas, es libre y no está sujeto a autorización previa”.
Los preceptos de la Constitución Nacional deben ser cumplidos. Es lo que deben entender autoridades y cada ciudadano paraguayo.
desire.cabrera@abc.com.py