Pilas, ambiente de injusticia

La condena al señor Rubén Figueredo, ambientalista y presidente de la Fundación Itá Enramada, por carecer de licencia para el procesamiento de pilas que contaminan el suelo y los cauces hídricos, constituye un ejemplo de la muchas veces displicente tarea que realizan fiscales y jueces en el país. Si este precedente se convierte en un conjunto de sentencias de los tribunales a casos análogos a los del hoy condenado, la protección del medio ambiente se encontrará en permanente indefensión.

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El fiscal y los jueces miembros del tribunal sabían que el señor Figueredo protegía el medio ambiente acopiando pilas. Y si bien existió al parecer una transgresión en el ámbito administrativo por carecer de la correspondiente licencia, no se tomó en cuenta la reiterada conducta del acusado en defensa del medio ambiente. Se desconsideró, además, lo afirmado por un fiscal quien dijo que colaboró con la Fundación Itá Enramada, haciendo donaciones de lo percibido por las multas aplicadas a conductores en estado de ebriedad para ¡reciclar las pilas y baterías, actividad a la que se dedicaba el señor Figueredo!

Una cosa es la falta administrativa y otra muy diferente es el delito. Más grave aún, tanto la fiscalía como el tribunal no pueden sustraerse del prevaricato cometido, pues sabían que la imputación y la sentencia eran injustas y contrarias a la ley, en un evidente quebranto a los deberes del servidor público.

El fiscal de la causa y el tribunal debieron proceder según lo establecido en la Constitución Nacional, haciendo valer este documento no como una mera carta de organización de poder, sino como una norma operativa que contiene el reconocimiento de garantías exigibles jurisdiccionalmente. El derecho a habitar en un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado se encuentra en el artículo 7º de nuestra Constitución y hace referencia al derecho inalienable a la calidad de vida.

Así mismo, el artículo 38 de nuestra Ley Fundamental le faculta a toda persona a exigir del Estado y órganos como la Secretaria del Ambiente (Seam) la defensa del medio ambiente mediante acciones concretas, actividad que no se venía dando en el caso de las pilas, debido al manifiesto y probado desinterés de los funcionarios en el cumplimiento de sus deberes, siendo el señor Figueredo el que reemplazó eficientemente la tarea de aquellos, cumpliendo como ciudadano el mandato constitucional.

El procesamiento ilícito de residuos que terminó por condenar al señor Figueredo oculta el verdadero daño al medio ambiente y a la misma justicia que por acción y omisión cometen las mismas autoridades en órganos enquistados por la corrupción y la desidia.

(*) Decano de Currículum UniNorte. Autor de los libros “Gobierno, justicia y libre mercado” y “Cartas sobre el liberalismo”. Miembro del Inst. Patria Soñada.

vzpavon@yahoo.com

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