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La medida es para ministros, ministros-secretarios ejecutivos, ministros-secretarios nacionales, directores nacionales y generales, también a directores de binacionales, procurador general, autoridades castrenses, policiales y titulares de entes dependientes del Poder Ejecutivo. Se exceptúan los móviles de servicios médicos de urgencia y de otros servicios imprescindibles para la comunidad y los de seguridad, aclara la circular.