Persisten torturas y malos tratos para “disciplinar” a las personas detenidas

Las cárceles con sobrepoblación son caldo de cultivo para la corrupción y para la violación de los derechos cotidianamente, dice el informe del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP). Persiste la práctica de torturas y malos tratos para disciplinar o extorsionar, causados por la impunidad con la que se premian estos hechos, dice.

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Este organismo autónomo presentará su informe anual de gestión a los tres poderes del Estado y a la sociedad civil. Será de 9:00 a 11:00 en un acto a realizarse en la Sala Bicameral del Congreso.

En un resumen ejecutivo señala que la cultura del encierro crea en la práctica cotidiana condiciones indignas para las personas en situaciones de vulnerabilidad. Esa situación se da en los lugares de protección y cuidados como los hogares de niños y niñas, residencias para personas mayores, hospitales para personas portadoras de discapacidad o la prevención para personas pobres sospechadas de ser autoras de delitos y crímenes.

Señala que el aumento de las personas “prisionizadas” está colapsando el sistema penitenciario y no se tienen probabilidades de cambiar a corto plazo.

Revela que la mayoría de las personas privadas de libertad están en prisión preventiva: 75 por ciento personas adultas y 90 por ciento adolescentes, violándose en muchos casos la presunción de inocencia.

Agrega que las cárceles con sobrepoblación son un caldo de cultivo para la corrupción y para la violación de los derechos de las personas privadas de libertad lo que –dicen– se da cotidianamente. Esto fue constatado por el MNP en todo el año 2014.

Señala también que persiste la práctica de torturas y malos tratos para disciplinar o extorsionar, acciones causadas por la impunidad con la que se premian esos hechos. La impunidad de la tortura es un factor que claramente contribuye a la cronificación de la práctica en las instituciones policiales y penales del Paraguay, puntualiza.

Advierte que no existen casos que hayan sido llevados a juicio oral, menos aún casos que hayan concluido en una condena adecuada a la gravedad del crimen de la tortura. La mayoría de los casos terminan sin que exista una conclusión que contribuya a esclarecer lo sucedido y a sancionar a los responsables. El informe menciona igualmente las 667 recomendaciones hechas a diferentes instituciones del Estado involucradas en la protección de los derechos de las personas privadas o afectadas en su libertad. Recuerda que en uso de sus facultades establecidas en el artículo 10 inciso f de la ley orgánica del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, presentaron propuestas de modificaciones al Código Penal y Código Procesal Penal a las respectivas subcomisiones establecidas por ley del Congreso que las tienen en estudio.

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