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La resolución refiere que no hace lugar “con expresa disidencia” del magistrado Medina a la demanda de nulidad contra las resoluciones del Tribunal Electoral Partidario (TEP) de la ANR que hizo lugar al pedido de impugnación que presentaron los apoderados del movimiento Honor Colorado.
La acción presentaron los apoderados de Añetete, Magnolia Mendoza y Sergio Coscia. El TEP colorado impugnó las dos listas de Colorado Añetete porque no cumplieron los requisitos, según el estatuto y el reglamento electoral de la ANR, como el pago del aporte partidario y la inclusión de postulantes jóvenes.