Vía libre para dictar sentencia

La Sala Constitucional de la Corte tiene vía libre para fallar en la acción que planteó Gabriela Quintana, “la niñera de oro” del senador Víctor Bogado, contra el artículo 2 de la Ley 700/96 “que reglamenta el artículo 105 de la Constitución que dispone la prohibición de la doble remuneración”.

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La Corte solicitó al Tribunal de Sentencia que remita los autos caratulados “Gabriela Quintana Venialgo y otros sobre cobro indebido de honorarios” a dicha sala para el análisis.

La Fiscalía en su dictamen pidió el rechazo de la acción de inconstitucionalidad. Argumento que Quintana no demostró legitimación para accionar, ya que no probó que ocupe cargo alguno en la Itaipú Binacional, como una resolución de su nombramiento.

Si los ministros Gladys Bareiro, Myriam Peña y Antonio Fretes no resuelven dicha acción en los próximos días, hay riesgo de que el juicio fijado para el 15 y 16 de abril sea suspendido.

La ley atacada por la “niñera de oro” indica que “es funcionario o empleado público toda persona designada para ocupar un cargo presupuestado en la administración pública nacional, departamental, municipal, entes autónomos, autárquicos, descentralizados y binacionales”.

Quintana está acusada, por cobro indebido de honorarios, tenía doble salario, uno en la Cámara de Diputados y otro en Itaipú, en donde fue contratada a pedido del senador Víctor Bogado.

Es por eso que el legislador está acusado por la fiscalía como cómplice del cobro indebido y como autor de la estafa, ya que a sabiendas de que Gabriela no iba a poder cumplir funciones en la Binacional, igual pidió su contratación.

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