Cómo salvar el escollo del lucro prohibido

En Itaipú, conforme al punto IV.1., Anexo C, “El ingreso anual, derivado de los contratos de prestación de los servicios de electricidad, deberá ser igual, cada año, al costo del servicio establecido en este Anexo”. Significa que el costo del servicio debe ser igual al costo producto, entre tanto, el lucro está prohibido.

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No obstante, para salvar el escollo del lucro prohibido, Itaipú apeló a la venta de energía, que dividió en garantizada y adicional a la garantizada en vez de la potencia instituida. Con la venta de la energía garantizada se igualaba al costo del servicio de electricidad ponderado en potencia.

Con el resto de la energía sobrante, o adicional a la garantizada, obtenía su propio rubro del que solo rendía cuentas, con todas sus implicancias, a los gobernantes de turno. La rendición no era con las “Altas Partes Contratantes”.

Sin embargo, las Partes “otorgan autorización a la Itaipú para realizar, durante la vigencia del presente Tratado, el aprovechamiento hidroeléctrico del trecho del río Paraná referido en el Artículo I”.

Es el breve recuento, abonado por la Corte Suprema de Justicia, con base en la tesis de José Antonio Moreno Rufinelli, como Itaipú se convirtió en otro Estado.

Sus atribuciones sobrepasan con holgura a los Estados socios que están sometidos a un presupuesto general de gastos (El impeachment a la Presidenta brasileña, por “maquillar las cuentas públicas”, es un ejemplo).

Últimamente, en 2016, documentadamente, se modificó (formalizó) el costo del servicio de electricidad, que desde el 2009 permanecía invariable. El costo, de US$ 3.291 millones se acrecentó a US$ 3.443 millones. Es decir que la tarifa, de US$ 22,60 el kW, con la venia del Consejo de Administración, se acrecentó de facto a US$ 23,65 el kW.

Los del CECUSE (Comité de Estudios para la Evaluación del Costo Unitario del Servicio de Electricidad), en el 2012 ya recomendaban elevar la tarifa a US$ 24,30 el kW. 

La tarifa aprobada por el directorio, pero vetada por el consejo de administración no pudo oficialmente entrar en vigencia. Una de las tantas contradicciones de Itaipú.

Para muestra un botón 

El 26 de noviembre de 2016, ABC Color publicaba que “... en la última reunión ordinaria del directorio ejecutivo de Itaipú fue aprobada la tarifa del costo unitario del servicio de electricidad para el ejercicio 2017. El valor es de US$ 22,60 por kilovatios-mes, está vigente desde el año 2009.

Desde el año 2009, la Itaipú Binacional mantiene la misma tarifa, pese a las recomendaciones del Comité de Evaluación del Costo Unitario del Servicio de Electricidad (Cecuse), que había recomendado que se la incremente en el 2012 a 24,30 US$/kW-mes”.

Por otro lado, informaba, “según explicó el director paraguayo, James Spalding, hay una recomendación del directorio de mantener la tarifa actual, así como el presupuesto, que rondará los US$ 3.291 millones, teniendo en cuenta que este monto surge de la cantidad de potencia disponible para la contratación anual que es de 145.620.000”.

Añadió que “como se mencionó en reiteradas ocasiones, la actual administración de la Itaipú tomó como bandera la optimización de la aplicación de los recursos presupuestarios, evitando gastos superfluos y redireccionarlos hacia otros objetivos de carácter social. Al respecto, el titular de la binacional, insistió en que esos fondos están incluidos dentro de los gastos de explotación en el presupuesto”.

“Como hemos dicho, si podemos ahorrar internamente nuestros gastos, significa que podemos tener mayor disponibilidad para los gastos de responsabilidad social o inversión social. Pero eso vamos a ir viendo mes a mes. Nuestro objetivo es ser cada vez más eficientes internamente, apretar donde se puede, sin afectar la calidad en el servicio y con eso poder llegar a cumplir cada vez más con las disposiciones del presidente”, señalaba.

Juanantoniopozzo@gmail.com

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