Continúa el despojo al Paraguay en Yacyretá

El robo diario de la energía paraguaya que se registra en la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) parece que no tendrá fin. Esto se concluye por la ausencia de diálogo entre argentinos y paraguayos para la aplicación de los términos acordados en el Tratado de Yacyretá y sus documentos complementarios.

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Damos especial destaque a la Cláusula IX Revisión, cuya implementación plena podría ser un camino para la solución consensuada entre las Altas Partes de la pérdida total de la institucionalidad que se registra en la empresa binacional.

Es inadmisible y contra toda lógica que continúe el despojo de nuestros recursos en Yacyretá. No puede ser que la Argentina no pague un solo centavo por la energía que retira de la binacional.

Es increíble que la energía producida en Yacyretá no tenga precio, y es bueno aclarar que un supuesto precio fue establecido en la Nota Rerversal de 1992, pero nunca fue aplicado por la Argentina ni por Paraguay.

Es repugnante que la Argentina no pague los “royalties” que le corresponden a nuestro país, en Yacyretá llamado “compensación por territorio inundado” y que a la fecha el monto adeudado sume más de 1.200 millones de dólares americanos, sin considerar los intereses y reajustes.

Increíblemente, la propuesta argentina ante esta situación de su incumplimiento de lo pactado en el Tratado sea la de aumentar la provisión de la energía mediante nuevas obras de generación en el río Paraná para provecho de ellos. A cambio ofrecen, como siempre, promesas sin ninguna garantía ni intención de cumplimiento.

Según el doctor Gustavo De Gásperi (+), es necesario, ante esta situación de incumplimiento sistemático, regresar a lo básico, a la Convención de Viena de 1969, “que rige el derecho de los tratados celebrados entre cualesquiera naciones del mundo que se hubiesen adherido, que son casi todas y respecto de aquellas que no se hubiesen adherido son demandables ante la Corte de Justicia Internacional de la Haya, si bien con especiales recaudos y consecuencias”.

Continúa detallando el Dr. De Gásperi (+):

a) El Art. 26 dice: “Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe”.

b) Un tratado debe interpretarse de buena fe conforme al sentido corriente que haya de atribuirse a los términos del Tratado en el contexto de estos y teniendo en cuenta su objeto y fin.

c) Art. 53. “Es nulo todo tratado, que en el momento de su celebración, esté en oposición con una norma imperativa de derecho internacional general”.

Se puede observar que el conjunto de las normas transcriptas por el doctor De Gásperi (+), permite al Paraguay acudir ante la Corte de Justicia Internacional de La Haya a demandar la nulidad del Tratado de Yacyretá, por incumplimiento de una serie de compromisos pactados, en especial en el “Anexo C” y, para peor, ni siquiera existe la voluntad de cumplirlas al continuar la aplicación unilateral del decreto N° 612/86 R.A. para el manejo de las cuentas de Yacyretá.

Para que esto suceda, desde luego, fue y es necesaria la complicidad de los “representantes” de la margen derecha, quienes mediante campañas publicitarias pagadas en los medios de comunicación intentan ocultar el robo diario de nuestra energía eléctrica en Yacyretá.

Esperar que la Argentina, por sí, revea su posición arbitraria, solo conduce a agravar la situación actual, que podría evitarse mediante la oportuna presentación de una demanda ante la Corte de Justicia Internacional de La Haya, conforme lo sugería el doctor Gustavo De Gásperi (+), solicitando la nulidad del Tratado de Yacyreta, por motivo del incumplimiento de los compromisos pactados, por parte de la Argentina.

El Gobierno nacional debe entender que cualquier aceptación de nuevas condiciones leoninas con la Argentina serán repudiadas por la población consciente del Paraguay, cualquiera sea el Gobierno o el gobernante que las suscriba.

El primer paso que debería dar el gobierno actual, si existiese la voluntad de cambiar el estado se cosas en Yacyretá, es el castigo y separación de sus cargos de los empleados involucrados en los hechos que permitieron que la binacional llegue a la situación de pérdida total de la soberanía paraguaya en la misma.

Es importante observar que en la margen izquierda se ha procedido a realizar una renovación total de los cuadros gerenciales, hecho que podría ayudar a iniciar una nueva etapa de relacionamiento en la entidad.

Para finalizar, reiteramos que la Entidad Binacional Yacyretá hace tiempo ha dejado de ser binacional, para convertirse en una institución más del gobierno argentino, que tiene a su cargo el pago de los salarios y beneficios de nuestro entreguistas “representantes” y sus cómplices, ubicados en los diferentes estamentos del poder gubernamental y de los poderes fácticos de quienes son representantes.

(*) Presidente AISEP

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