Cuentas básicas de ahorro

Se denomina cuenta básica de ahorro a aquellas que las entidades del sistema financiero autorizadas a captar depósitos del público, ponen a disposición de personas físicas. No requiere monto mínimo de apertura ni saldo promedio mínimo de mantenimiento. De uso exclusivo en moneda local y podrá estar exonerada total o parcialmente de comisiones, costos y gastos inherentes a las cuentas convencionales de depósitos.

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¿Cómo abrir una cuenta básica de ahorro? 

Además de la facilidad en la apertura simplificada por requerir la sola presentación del documento de identidad, no precisa monto mínimo de apertura ni saldo promedio mínimo de mantenimiento. Su costo es menor a las cuentas convencionales de depósitos y los depósitos constituidos en estas cuentas están garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos. La simplificación proviene del hecho de que los clientes son categorizados como “clientes de bajo riesgo”, según Seprelad.

¿Podrá el solicitante de la cuenta básica ser cliente actual de una entidad financiera? 

Quien abra una cuenta básica de ahorro también puede ser cliente de la entidad financiera (siendo titular de otras cuentas de depósitos de características convencionales). Pero la persona podrá tener sólo una cuenta básica en la entidad financiera y hasta dos, en todo el sistema financiero. Fuente: Superintendencia de bancos, Intendencia de Inclusión Financiera, BCP.

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