Actos humanos

En esta edición desarrollamos la lección relativa a los actos humanos; es importante conocerlos, saber por qué los realizamos y de qué depende su realización. Nuestros actos, por más simples que parezcan, implican toda una operación mental, veamos por qué.

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Abog. Carolina Rodríguez Amarilla

ACTOS HUMANOS - CONCEPTO Y CLASIFICACIÓN
Son actos humanos “todas las acciones que realizamos; implican una compleja operación mental en los que intervienen el conocimiento, la voluntad o simplemente el instinto”.


El simple acto de bostezar, parpadear, respirar, sentir sed, hambre o frío, son actos humanos naturales, y en su realización intervienen el instinto y las necesidades del cuerpo que deben ser satisfechas en forma automática porque de ello depende la supervivencia.


Actos voluntarios: en ellos intervienen el conocimiento, el discernimiento y la voluntad. El conocimiento es la “operación mental por la cual el individuo distingue una cosa de otra”, lo precede una imagen y luego la certeza de que el objeto es determinada cosa. Ej.: una mesa, la imagen del objeto es procesada por el cerebro y luego se crea el conocimiento de que se trata de una mesa; este tipo de conocimiento lo obtenemos en los primeros años de vida, cuando las informaciones del entorno se instalan en el cerebro y permanecen allí por siempre.


* La voluntad: es otro elemento fundamental en las acciones y “consiste en la capacidad para determinar los actos a la obtención de determinado resultado”. Ej.: un niño quiere tomar un juguete y su voluntad lo lleva a dirigirse a él y realizar los actos necesarios para obtenerlo como estirar la mano, pedírselo a una persona mayor si no lo alcanza, etc.


*El discernimiento: se llama así a “la capacidad de distinguir entre lo bueno y lo malo”, lo conveniente e inconveniente; la capacidad de discernir sólo se adquiere a determinada edad, un niño no cuenta con esa capacidad, puesto que tenerla implica poseer el conocimiento de las cosas, los actos y sus consecuencias. Ej.: un niño sin problema tocaría una vela encendida y al sentir las consecuencias (quemadura) no lo volvería a hacer.


La propia ley le concede valor jurídico solo a los “actos humanos voluntarios”. El Código Civil considera actos voluntarios a aquellos realizados con “discernimiento, intención y voluntad”; por ello un contrato -por ejemplo- no puede ser celebrado por un menor de edad, o una persona deficiente, por carecer de la facultad de conocer las consecuencias de sus actos, la ley penal considera inimputables a los menores de 14 años, pues se considera que esa es la edad promedio en que un joven puede distinguir ya entre el bien y el mal, además de saber que todo actuar genera consecuencias.


También se hace referencia a los “actos coherentes o incoherentes”; en realidad esto obedece a una calificación de los actos y no a un criterio de clasificación, así tenemos que:

* Actos coherentes: son aquellos que son producto de una previa determinación y presentan concordancia entre el pensamiento y la acción; solemos escuchar que la gente dice: “no hay coherencia entre lo que dice y lo que hace”. Precisamente un acto es coherente cuando responde a un objetivo, una persona que predica la práctica de la honestidad pero actúa en forma deshonesta no tiene coherencia en su actuar.


*Actos incoherentes: son aquellos en los que existen visibles discordancias entre el pensamiento y la acción, es decir obramos en forma distinta a lo que pensamos, por lo general tienen resultados malos. También son considerados incoherentes o involuntarios los actos realizados por personas deficientes, y en ese caso lo son por el hecho de que quien los realiza no reúne la capacidad de distinguir lo bueno de lo malo ni prever las consecuencias.


RELACIÓN ENTRE LAS ACCIONES MALAS Y LAS BUENAS, UTILIZANDO LOS VALORES, COMO FUENTE DE JUICIO
En primer lugar, se debe resaltar que las acciones humanas se encaminan al logro del bienestar propio y del bien común; y que los valores son los parámetros que se utilizan para juzgar la bondad o maldad de los actos. Existen por ello acciones encaminadas a lograr el fin último de la persona, su realización y otros dirigidos a obtener el bienestar de todos aquellos con quienes convive y por ende de su entorno social. Las buenas acciones son todas las que tendrán por consecuencia un buen resultado, encaminado a obtener ese bienestar propio y común. Las malas, por lo general son realizadas con la intención de perjudicar a otro por motivos que pueden ser muchos, pero subjetivos.

Lo cierto es que no existe relación alguna entre las acciones malas y buenas, desde el punto de vista de la observancia de valores en su realización, pues ningún valor se tendría en cuenta para realizar un acto malo, por la falta de valores justamente se los califica como malos. Así se afirma, sin margen de error, que: “una buena acción no puede justificar una acción mala”, pues ninguna mala acción se ajusta a las normas de valor. Se destaca con lo estudiado en esta unidad que es importante la formación en valores tales como: la honestidad, la sinceridad, la justicia, la equidad y todos aquellos que nos ayudan a formarnos como personas que saben distinguir entre el bien y el mal, que dirigen sus actos a la obtención del bienestar propio y -en consecuencia- del bien común.
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