Fiscala pide juicio oral a proveedores de Agricultura

Tres proveedores del Ministerio de Agricultura fueron acusados por la fiscala Alba Delvalle. El perjuicio es de G. 1.219 millones y se cometió durante la administración de los exministros Enzo Cardozo y Rody Godoy. La agente del Ministerio Público detalla cómo se despilfarró el dinero del MAG, que tenía que ser destinado a varios comités.

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La fiscala de Delitos Económicos Alba Delvalle acusó a tres proveedores del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), por estafa, en el caso del desvío de G. 1.219 millones durante las administraciones de Enzo Cardozo, actual senador liberal, y Rody Godoy, ambos ya acusados y con pedido de juicio oral y público.

Los acusados son Flavia Cristina Rotela, esposa de Ronald Guerrero Ovelar (ya acusado en esta causa), Susan Elizabeth del Puerto Caballero y Esteban Guerrero Ovelar, hermano de Ronald.

Las firmas proveedoras Local, propiedad de Ronald Guerrero y de su esposa Flavia Rotela, y Agronatura, de Esteban Guerrero, eran adjudicadas para la provisión de insumos que nunca recibieron los pequeños productores.

Los integrantes de los comités que debían ser beneficiados relataron en sede fiscal que nunca recibieron dinero alguno y que le prometían un promedio de G. 4 millones para la compra de ganado, pero esto no ocurría. En cambio, recibían animales que no eran de raza lechera.

La encargada de realizar el “llenado” de documentos era Susan del Puerto con la firma Alca, de Sergio Fabián Rodas Franco, en el caso del comité 8 de Diciembre. También realizaba lo mismo con la firma Agronatura, de Esteban Guerrero.

El Ministerio Público no pudo acusar en este proceso a Alberto Ignacio Aquino Ocampo, integrante del Parlamento del Mercosur (Parlasur), quien nunca fue desaforado.

A continuación se transcribe parte de la acusación de la fiscala Delvalle.

En el transcurso de los años 2011 y 2012, bajo la administración de Enzo Cardozo, el Ministerio de Agricultura y Ganadería ejecutó varios proyectos en el marco del Programa Nacional de Fomento Pecuario (PRONAFOPE). Este es una dependencia del Viceministerio de Ganadería creado por Decreto N° 2385 de fecha 3 de julio de 2009, para promover el incremento de la producción de ganadería mayor y menor, así como la acuicultura y la apicultura desarrollada por pequeños y medianos productores, con el propósito de generar ingresos para estos y sus familias.

A través del PRONAFOPE, el Ministerio pretendió apoyar a diferentes comités de productores localizados en distintos puntos del país, propiciando la implementación de proyectos para sacar de la pobreza a los beneficiarios, poniendo en marcha emprendimientos que se constituían en una suerte de “microempresa”, lo que permitiría el despegue económico de las comunidades mediante la implementación de proyectos sustentables a largo plazo.

Tal iniciativa, sin embargo, fue aprovechada para realizar entregas de millonarias sumas de dinero a personas completamente ajenas a los miembros de los comités que habían sido beneficiados con la asistencia.

La operativa fue realizada de la siguiente manera: las asociaciones de productores (comités), asentados en distintos puntos del Paraguay fueron visitadas por personas que se hacían pasar como consultores de proyectos agropecuarios, ofreciendo asesorarlos en los distintos proyectos a ser presentados en Agricultura y Ganadería, comprometiéndose además a darles seguimiento a la propuesta y luego darles aviso acerca de los resultados acontecidos.

Esta operativa constituyó una maniobra para extraer recursos financieros del MAG, que luego fueron utilizados con propósitos completamente distintos a los peticionados, dado que los supuestos proyectos elaborados por los presuntos consultores, no contaban con las características propias de un proyecto, porque solo consistían en un simple listado de insumos, con breves explicaciones de uso, sin mayores ahondamientos ni detalles.

En este marco, el Comité 8 De Diciembre, localizado en la compañía San Juan Potrero del distrito de San Ignacio Misiones, presentó un documento que sería un supuesto proyecto denominado “Producción de leche”, donde los asociados debían recibir en propiedad vacas de raza lecheras para la producción de leche y queso, y la posterior venta de lo elaborado en la ciudad de San Ignacio Misiones, razón por la cual el presunto proyecto incluía insumos tales como congeladores (para almacenar los productos), motocarros, para enviar lo producido a la ciudad, entre otros implementos indispensables para poner en marcha el emprendimiento.

Es decir todos estos documentos denominados “proyectos”, carecen completamente de la envergadura técnica necesaria para ser considerados como tales.

Debemos tomar en cuenta que las personas a quienes se destinaron los supuestos “trabajos técnicos” (los miembros de los comités), son gente sencilla, que en algunos casos ni siquiera saben leer o escribir, mientras que en otros casos redactan con suma dificultad, letra por letra su propio nombre (tal como puede verificarse en las actas de constitución fiscal realizadas en los comités ya señalados), razón por la cual, carecen de los conocimientos necesarios para evaluar los trabajos que les fueron propuestos como proyectos.

En contrapartida el Ministerio de Agricultura cuenta con mecanismos y el personal técnico requerido para realizar determinaciones de esta naturaleza, siendo además responsabilidad específica de los funcionarios del PRONAFOPE la realización de este tipo de verificaciones.

Cabe destacar sobre el particular, que el Manual Operativo del PRONAFOPE (aprobado por la Resolución N° 1739/2010), establece la necesidad de evaluación de las solicitudes presentadas y el análisis de cada proyecto, específicamente en cuanto a la sustentabilidad de los mismos, así como la realización de estudios previos de diagnóstico inicial, a ser realizados por veterinarios oficiales quienes deben elaborar un informe sobre la viabilidad de los proyectos. Se requiere además, de un análisis de mercado (oferta y demanda), así como de otros parámetros a ser tenidos en cuenta como elementos de análisis previos a la elaboración y el desembolso realizado por el Ministerio.

Sin embargo, en la nota remitida por el MAG al Ministerio Público, que tiene por fecha el 06 de noviembre de 2013, dicha cartera ministerial refiere que la actual administración del PRONAFOPE no ha visualizado ningún estudio técnico de carácter veterinario, financiero y de sostenibilidad respecto a los presuntos proyectos ejecutados en el marco del PRONAFOPE, durante los años 2011 y 2012. Por lo que llama la atención que la tramitación de lo presuntos proyectos continuara normalmente.

La Dirección del PRONAFOPE a la fecha de los hechos estaba a cargo del Dr. Víctor Llano, quien como titular tenía la obligación de realizar los análisis y dictámenes que acreditaban la necesidad y viabilidad de los proyectos presentados al MAG. Lo que nunca se hizo.

Por su parte el Dr. Armin Hamann Bugs, coordinador nacional del PRONAFOPE, debía aprobar los proyectos presentados, tomando como base dictámenes técnicos confeccionados previamente por la dirección del PRONAFOPE, para que de esta forma pudieran autorizarse los desembolsos en el marco del programa. Obran en el MAG notas por las que Hamann pone a consideración del Ministro para su aprobación los supuestos proyectos y al mismo tiempo solicita su ejecución, por lo que afirmamos que propició la aprobación de supuestos proyectos que fueron presentados, así mismo actuó como habilitado pagador lo que produjo la transferencia de fondos del PRONAFOPE para la ejecución de los falsos proyectos.

A Hamann le correspondía también, designar a los integrantes del equipo de monitoreo y evaluación de los programas a ser ejecutados. Sin embargo tampoco existen constancias acerca del seguimiento y control de los supuestos proyectos. Los supuestos proyectos presentados fueron aprobados por la administración de Enzo Cardozo, contraviniendo todas las normativas vigentes dado que carecían por completo de estudios de carácter técnico, veterinario, financiero y de sostenibilidad. Tampoco contaban con análisis de factibilidad y plan de mercado, tal como lo exigen las normas.

En el marco ya señalado, el ministro Cardozo, habría dispuesto según Resolución Ministerial MAG N° 908 de fecha 22 de junio de 2011, para la ejecución de los presuntos proyectos, la transferencia de G. 346.940.000 al Comité 8 de Diciembre.

En este ámbito, conforme a las documentaciones obrantes en el MAG, Enrique Hamann actuó como habilitador pagador mientras que Alberto Aquino lo hizo en el carácter de ordenador de gastos.

No recibieron los insumos

En el concurso de precios para proveer al Comité 8 de diciembre presentaron ofertas las siguientes empresas: AGROMAQ, LOCAL y AGRONATURA, habiendo sido adjudicada como proveedora la firma LOCAL.

La firma LOCAL es propiedad de Ronald Guerrero Ovelar y de Flavia Rotela, la firma AGROMAQ también es propiedad de Ronald Guerrero Ovelar esposo de Flavia Rotela, mientras que el dueño de la firma AGRONATURA es Esteban Guerrero Ovelar, hermano del primero.

Los miembros del Comité manifestaron en la constitución realizada por el Ministerio Público, que en el año 2011, se habían acercado a ellos la señora Susan del Puerto a fin de proponerles un proyecto a ser presentado al MAG-. Afirmaron además que este proyecto fue tramitado en su totalidad por la señora Del Puerto. Agregaron que también que ellos jamás habían “tocado” ningún dinero ya que si bien abrieron una cuenta en el BNF, donde el MAG les depositó dinero correspondiente al proyecto. Estos fondos fueron entregados al consultor (enviado por la firma LOCAL) y fueron manejados por este.

En el informe de la cuenta corriente correspondiente a este comité, el BNF informa, que la asociación habilitó una cuenta en la sucursal de San Juan Bautista Misiones, y que por una transferencia automática realizada en casa matriz, fue depositada la suma de G. 347.440.000, y que en fecha 28-06-2011 fue realizada la extracción total de la referida suma en la sucursal de San Lorenzo, habiendo firmando los titulares de cuenta Felipe Bordón y Carlixto Jacquet (presidente y tesorero del Comité) una autorización al Ronald Guerrero Ovelar para realizar la extracción en efectivo por el importe expresado.

Los integrantes del comité, relataron a la Fiscalía que aceptaban los insumos que los consultores decidían entregarles porque son gente pobre y necesitada, que nunca recibieron asistencia técnica en lo relativo a la implementación de su proyecto, y que no conocen a Sergio Fabián Rodas Franco quien aparece como supuesto consultor, según la factura presentada al MAG, correspondiente a la firma ALCA.

Los miembros del comité expresaron también, que no firmaron acta o recibo por lo entregado, así como tampoco, ningún contrato con persona alguna, ni rendición de cuentas por lo recepcionado. Dijeron además, que los insumos les fueron entregados en la casa del Presidente del comité, y que fue el consultor quien adquirió los animales. El representante de la firma proveedora, les había dicho que cada miembro contaba con G. 4.000.000 para realizar las adquisiciones, pero que en la práctica era el consultor quien compraba el ganado. Refirieron también, que los animales que les fueron entregados no eran de raza lechera.

Cabe resaltar, que en la factura que remitiera la firma Local al MAG, como rendición de cuentas, la misma hizo figurar como precio de cada res, la suma de G. 8.000.000

Además, en el legajo de este comité (en el MAG) figura una presunta acta de entrega de bienes, la cual no posee fecha, siendo su única referencia el año 2011. Aparece suscribiendo dicha acta por el PRONAFOPE, la funcionaria Katia Paola Fernández. Cabe señalar sin embargo que los miembros del comité manifestaron que ninguna mujer se hallaba presente al momento de la entrega de los insumos. A esto se suma el hecho de que los integrantes de este comité desconocen completamente la referida documentación.

La pericia caligráfica así como el análisis extrínseco llevados acabo en esta causa dan cuenta de que la Sra. Del Puerto completaba de puño y letra, y de forma íntegra documentos que luego se hacían figurar como llenados y firmados por las autoridades de este comité, así como la elaboración íntegra de las notas de presupuestos de las empresas que se presentaron en el concurso de precios, y el llenado correspondiente a la parte manuscrita del contrato respecto a este comité.

Asimismo en ocasión de la indagatoria prestada en sede del Ministerio Público por la Sra. Susan del Puerto en fecha 25 de mayo de 2015, la misma reconoció haber llenado documentaciones relativas a proyectos asignados por el MAG al Comité 8 de diciembre y al proyecto asignado al FRECCOP, procurando siempre que las 3 notas de presupuesto no parezcan la misma letra.

De conformidad a las constancias obrantes en la investigación, tenemos entonces, que los miembros de este comité no recibieron la totalidad de los bienes e insumos correspondientes a su proyecto, y que se abonó por servicios no recibidos, así mismo, lo entregado se hallaba sobrefacturado. También se pudo constatar que Ronald Guerrero y Flavia Rotela, copropietaria de la firma Local y esposa de Ronald Guerrero, se apropiaron de los fondos correspondientes a este comité, y que además se han valido de documentos in auténticos para justificar la entrega de bienes dado que la pericia ha demostrado que tanto el llenado completo del acta de entrega de bienes como las firmas de los miembros de este comité fueron realizados de puño y letra por la Sra. Susan del Puerto situación que puso en evidencia de que las documentaciones presentadas ante Organismos Oficiales como la Contraloría y la Comisión Bicameral de Presupuesto eran al solo efecto de dar cumplimiento a dichos trámites administrativos faltando totalmente a la verdad dado que desde el principio, es decir, desde el concurso de precios, estos documentos ya eran elaborados con un solo propósito: justificar los fondos otorgados dándoles un viso de legalidad.

En cuanto a la participación de Esteban Guerrero Ovelar tenemos que el concurso de precios relacionado al Comité 8 de Diciembre no fue tal, dado que se trató de un simple montaje, que intentó dar apariencia de legalidad a las adjudicaciones realizadas por el Ministro Cardozo, en el marco del PRONAFOPE, habiendo participado en la acción ilegítima Esteban Guerrero con su firma AGRONATURA habiendo ofertado bienes e insumos en el concurso de precios llevado acabo.

cbenitez@abc.com.py

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