IRREGULARIDADES DETECTADAS

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1) Los magistrados aplicaron el procedimiento abreviado, pese a que no se reunía el requisito legal de que el hecho atribuido a los imputados tengan una expectativa de pena de hasta cinco años. Los favorecidos por los jueces tenían procesos por tráfico de droga, con una expectativa de pena de hasta quince años de penitenciaría.

2) Concedieron medidas alternativas bajo caución real de los abogados, a quienes les daban un plazo para la inscripción de las cauciones, que luego no fueron controlados por los magistrados si se anotaron o no.

3) Los abogados ofrecieron como garantía real un mismo inmueble en varios casos.

4) Falta de ejecución de las garantías de carácter real y personal ofrecidas en la audiencia de imposición de medidas, una vez declarada la rebeldía del imputado.

5) Vulneración del principio del juez natural de la causa. Se remitieron expedientes al juez de sentencia de feria, en el mes de enero, al solo efecto de tramitar audiencias de revisión de medidas a sabiendas que la Oficina de Coordinación de juicios orales se encuentra cerrada.

6) Llama la atención la actuación de los representantes del Ministerio Público, que en algunos casos no se opusieron a los pedidos de la defensa, aún cuando las solicitudes no correspondían.

7) Los juzgados, en ningún caso, ordenaron un seguimiento de la evaluación médica de los encausados, que utilizaron dictámenes médicos para solicitar la revisión de medidas.

8) Con relación a los informes de los profesionales médicos, tanto particulares como los forenses, corresponde en opinión del equipo de auditores, que los antecedentes clínicos de cada caso en particular sean remitidos a la Superintendencia de Salud. Es a los efectos de saber si los médicos respetaron los protocolos previstos y si los dictámenes son congruentes con los análisis clínicos.

Fuente: Auditoría de la Corte