Opinión sobre la toma de la sede central de la Universidad Católica

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La toma de la sede central de la Universidad Católica constituye: 

1. Un acto ilícito: 

“Quien turbare la posesión de otro o lo privare de ella, comete un acto ilícito, a menos que hubiere procedido autorizado por la ley” (Art. 1944, Código Civil).

2. Un hecho punible: 

“El que individualmente o en concierto con otras personas, y sin consentimiento del titular, ingresara con violencia o clandestinidad a un inmueble ajeno, será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa” (Art. 142, Código Penal).

Miguel Arestivo

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