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Mediante la Resolución N° 22, la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco) anunció la entrada en vigencia del nuevo mecanismo para combatir la “publicidad engañosa”, con la colocación de carteles que deben tener un tamaño mínimo de 60 centímetros de largo y 40 de ancho para cada tipo de combustible y su valor comercial.
En el documento se anuncia que desde el 1 de marzo se iniciará el control en las estaciones de servicio para verificar el cumplimiento de la presente resolución. En caso contrario, los propietarios serán sancionados.
Algunas estaciones de servicio vienen implementando este sistema desde hace tiempo con carteles luminosos en las entradas de los establecimientos.