Votos para perder investidura

La Cámara Baja aprobó la reglamentación del artículo 201 de la Constitución para la pérdida de la investidura, que dispone una mayoría absoluta de dos tercios (53 votos de los 80 integrantes). El documento aún debe ser tratado en el Senado.

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Sobre tablas se aprobó hoy en Diputados la reglamentación de la pérdida de investidura de un legislador con 56 a favor y 3 abstenciones. Según estar normativa, será necesaria una mayoría absoluta de dos tercios en ambas cámaras del Congreso. En Diputados se requerirá 53 votos de 80, mientras que en el Senado, 30 de 45.

El proyecto ahora pasa a la Cámara Alta para su tratamiento. En el documento figura que luego de la presentación de la solicitud, el presidente de la cámara respectiva deberá llamar a sesión extraordinaria en ocho días.

Durante ese plazo, el impugnado podrá defenderse o presentar sus pruebas. Luego de que la cámara haya tomado una decisión con la cantidad de votos ya mencionada, se debe emitir una resolución.

"Los senadores y diputados perderán sus investiduras, además de los casos ya previstos, por las siguientes causas:

1) La violación del régimen de las inhabilidades o incompatibilidades previstas en esta Constitución, y

2) El uso indebido de influencias, fehacientemente comprobado.

Los senadores y diputados no estarán sujetos a mandatos imperativos", reza la Constitución Nacional.

 

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