El carnaval en la dictadura

¿Ya elegiste tu disfraz para este carnaval? ¿Ya pediste permiso a la comisaría? ¿Tenés el número de tu disfraz? Estas disposiciones absurdas estaban vigentes en la década del 70, por imposición de la dictadura de Alfredo Stroessner.

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Carnaval es sinónimo de fiesta hasta el amanecer, mujeres con diminutas ropas pasean sus curvilíneas figuras en desfiles y gente que da rienda suelta a la alegría en las calles, ataviados en los más insólitos disfraces posibles, que en muchos casos representan a personalidades del momento, acompañadas con máscaras que completan la caracterización. Hablamos del Paraguay de hoy, por supuesto, porque en la época de la dictadura stronista, eso era sencillamente imposible.

¿Permiso policial para utilizar disfraces? ¿horario para jugar con globitos de agua? Todo eso y mucho más hacen parte de una serie de restricciones establecidas vía edicto en la década del 70, cuyo incumplimiento podría derivar la intervención policial y la cárcel segura.

En el edicto Nº 2, del 15 de febrero de 1977, por ejemplo, el entonces jefe de Policía, Gral. de División Francisco Alcibiades Brítez Borges, marcaba las pautas a ser seguidas durante la celebración de las fiestas de carnaval.

El primer artículo especifica los juegos permitidos durante el carnaval y que son los siguientes: juego con papel picado, serpentinas de papel y flores; disfraz, comparsas, bailes de disfraz y corsos. El juego con agua también lo estaba, pero en este punto, se determinaba que sólo podría realizarse en el horario comprendido entre las 12:00 y las 16:00.

La reglamentación prevista para el uso del disfraz ocupa los cuatro artículos siguientes, lo cual da la pauta de la verdadera odisea que podría significar su utilización.

El primer paso para utilizar un disfraz era pedir el permiso correspondiente en una comisaría, para lo cual el interesado debería presentar sus documentos de identidad y declarar su lugar de residencia.

“Por cada vez se expedirá el permiso de disfraz en una tarjeta numerada que será de uso personal e instransferible. La misma llevará el sello y la firma del Jefe de Departamento de Orden Público, tarjeta que el disfrazado aplicará en el lado izquierdo del pecho en forma visible. La expedición de dicha tarjeta será gratuita”.

El edicto señala que las personas que vistan trajes de fantasías sin llevar máscara, antifaz o maquillaje que desfigure el rostro, pueden circular libremente sin necesidad de obtener permiso.

¿Vestirse con uniforme del Ejército, Marina y Policía nacionales o extranjeros? ¿o de órdenes religiosas o de colegios y alumnos? Ni pensar. Estaba prohibidísimo. Era una de las seis situaciones detalladas en la lista de prohibiciones.

“La Policía procederá en el acto contra los contraventores de la disposiciones consignadas en el presente edicto”, concluye el documento, para dejar en claro que cualquier contravención a dicha disposición podría convertirse en un caso policial, con todo aquello que implicaba caer en prisión durante la dictadura stronista.

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