“Fue un proceder irregular”

El comisario Néstor Cáceres, jefe de la División de Fiscalización de Empresas de seguridad privada, afirmó a ABC Color que el procedimiento realizado por los guardias de Protek “fue irregular desde un principio”, pues deberían haber llamado a la Policía.

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“El protocolo se rompió desde el momento que intervinieron de manera unilateral, tenían que haber llamado a la Policía Nacional”, señaló el comisario Néstor Cáceres, jefe de la División de Fiscalización de Empresas de seguridad privada, en entrevista con ABC Cardinal.

Señaló que “Fue un procedimiento irregular”, pues no debieron en ningún momento abrir fuego, “menos si la víctima no representaba ningún peligro”, aseveró.

La autoridad explicó también que en cuanto al tratamiento de las armas de fuego en poder de los guardias, existen dos departamentos encargados de regular el control. En primer lugar la Dirección de Material Bélico, que es la que otorga el carnet de tenencia, y por otra parte el Departamento de Portación de Armas de la Policía Nacional, que es el encargado de brindar el permiso de portar (trasladar) armas, por medio de un carnet.

De acuerdo a datos proporcionados por la Policía, los guardias de la empresa Protek tenían carnet de tenencia, no así de portación.

Ante esta circunstancia, se habla de una infracción de lo que establece la legislación.

La ley Nº 5.424/15 que regula la prestación de servicios de vigilancia y seguridad de las personas y bienes patrimoniales en el ámbito de seguridad privada, indica una serie de artículos que revelan que Protek actuó de forma irregular.

A modo de ejemplo, el artículo 22 indica que “los guardias de seguridad que porten armas, deberán hacerlo en el interior de los edificios o propiedades, a las cuáles está destinada la función.

El artículo 23 establece además que en ningún caso el guardia de seguridad podrá portar armas fuera del horario de servicio, tanto e n la vía pública como en los medios de transporte público.

Ante un caso de emergencia, el artículo 43 indica que, cuando se produzca una alarma, las centrales de monitoreo deberán proceder de inmediato a su verificación con los medios técnicos y humanos de que disponga y comunicar debidamente al listado de emergencias establecido por el cliente. En caso de que fuera necesario, la ley indica que se deberá llamar a la Policía Nacional.

El comisario informó que en su dependencia se cuenta con una oficina de sumarios, en la cual se estudian los artículos de la ley de seguridad privada.

“Si hay una violación a la ley que amerite persecusión penal, pondremos el caso a disposición del Ministerio Público”, enfatizó el comisario Néstor Cáceres.

 

 

 

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