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Ante la imposibilidad de tratar el pedido de amparo constitucional para permitir que los expresidentes Horacio Cartes y Nicanor Duarte Frutes juren como senadores activos, el Juzgado decidió rechazar in límine dicha solicitud. El juez Rolando Duarte explicó que se basaron en el artículo N° 134 de la Constitución Nacional, que dispone que si se trata de una cuestión electoral será competente la Justicia Electoral, explicó.
Duarte señaló que por ese motivo, haciendo uso de sus atribuciones, decidió rechazar el amparo promovido por el ciudadano Cristhian Sosa Ferreira.
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En la parte del petitorio, Sosa Ferreira pide que acepte su acción y que el juzgado ordene a la Cámara de Senadores tomar juramento a Cartes y Duarte Frutos. Tras las elecciones pasadas, el entonces titular del Congreso, Fernando Lugo, no los convocó a jurar, alegando que son expresidentes de la República, por tanto, son senadores vitalicios, no activos.
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