Multas a buses sin aire

Las nuevas infracciones que serán aplicadas a unidades del transporte público del área Metropolitana incluyen la retención de buses que circulen con el aire acondicionado apagado o que se encuentren averiados.

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El Viceministerio del Transporte estableció nuevas infracciones y la escala de multas a ser aplicadas a las unidades de transporte automotor de pasajeros del Área Metropolitana.

El artículo 2 de la resolución 80/15, firmada ayer por el viceministro Agustín Encina, establece reglamentar las infracciones a ser sancionadas de la siguiente manera:

Inciso A) Son consideradas infracciones graves las siguientes violaciones. En estas infracciones será pasible la retención y/o retiro de circulación de unidades del transporte;

1) Circular con el aire acondicionado apagado o sin funcionamiento.

2) No dar cumplimiento a las normas laborales debidamente constatadas in situ por funcionarios del Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Dicho incumplimiento deberá ser labrado en acta por los respectivos funcionarios del Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y la sanción será impuesta de conformidad a los antecedentes remitidos por dicha Cartera de Estado.

Por otro lado, el artículo 3 dispone que las sanciones estipuladas en esta resolución serán aplicadas por el Departamento de Fiscalización y Control, del Viceministerio del Transporte.

Según las autoridades, se encuentra en marcha la implementación gradual de unos 500 buses con aire acondicionado, que circularán por el área metropolitana. Los buses fueron pedidos por diferentes empresas.

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