Seam advierte sobre pesca y caza furtiva

Controles en la región oriental y occidental que se harán del 1 al 6 de abril, durante Semana Santa, prevén fuertes sanciones contra infractores a las leyes de pesca y vida silvestre, recordó Rolando de Barros, ministro de la Seam.

https://arc-anglerfish-arc2-prod-abccolor.s3.amazonaws.com/public/QKJD7KXCSVEJZNCOVE5NIFGPYQ.jpg

Cargando...

Un total de 42 inspectores de la Secretaría del Ambiente (Seam) trabajarán en los puestos de control apoyados por efectivos de la Policía Nacional y funcionarios del Ministerio Público. Además se contará con el apoyo de la Prefectura Naval.

El ministro Rolando de Barros recordó que se aplicarán fuertes sanciones a infractores de Ley de Pesca 3.556/08 y Ley de Vida Silvestre 96/92.  "Está prohibida la cacería de cualquier especie de vida silvestre y la pesca sin licencia, pesca deportiva con elementos prohibidos como redes y espineles; pesca de peces sin el tamaño adecuado.  Los peces que no tienen el tamaño adecuado deben ser devueltos al agua".

“Estamos apelando a los medios para advertir de estas graves infracciones que suelen cometerse en los feriados”, dijo.  

El ministro estuvo acompañado del director de Protección a la Biodiversidad, Ingeniero Darío Mandelburguer, el director de Fiscalización Ing. Edgar Duré, la directora de Vida Silvestre, Lic. Rocío Barreto y el director de pesca Rafael Sosa.

A su turno, Rocío Barreto, directora de Vida Silvestre, informó que no existe permiso alguno de la Seam para la cacería de especies de la fauna silvestre.  Indicó que es un grave delito matar animales en peligro de extinción como el ciervo de los pantanos y el tagua, así como el yacaré mariposa y el  yacaré Itá.  "Cazar estos animales puede significar una imputación de hasta ocho años de cárcel de parte de la Fiscalía Ambiental.  Pero tampoco pueden cazarse otros animales que suelen ser objeto de tráfico y comercialización como el yacaré, el chancho silvestre, los pecaríes, el carpincho, los caimanes, el guasú, etc.", subrayó.    

Las multas para los infractores son de 3000 a 10.000 jornales mínimos vigentes para actividades estipuladas en el Art. 4, Inc. D, del Decreto N0. 2598/14, relacionadas a la caza furtiva. , manifestó la Lic. Barreto.

En cuanto a la pesca, el director insistió en que los pescadores deportivos y comerciales deben ser los más interesados en cuidar la fauna ictícola.  “No se puede pescar sin licencia”, enfatizó.  Además de los miembros de la prensa estuvieron Asociados de Federaciones de Pesca interesados en informarse y promover la educación ambiental para el cuidado de la fauna ictícola.

Enlance copiado
Content ...
Cargando ...