Atacan de ilegal permiso otorgado a los militares para expedir licencias

Intendentes municipales exigen a la Agencia Nacional de Tránsito que anule permiso otorgado a las FF.AA. para expedir carnés de conducir, porque viola la Constitución, la Ley Municipal 3966/10 y la Ley 5016/14.

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Para los intendentes municipales, la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV) violó su propia ley de creación (Ley 5016/2014), así como la Constitución Nacional y la Ley 3966/10, Orgánica Municipal, al dar potestad a la institución militar Digetren (Dirección General de Tren) a expedir licencias de conducir a los miembros de la Fuerzas Armadas de la Nación.

Es lo que consta en las notas remitidas por los ediles a la citada institución, en las que exigen a su titular María del Carmen González de Porro la anulación de la Resolución N° 11 del 16 de enero y la N° 56 del 31 de enero de este año, que aprueban, reconocen y validan los carnés emitidos por la institución castrense.

Una de ellas tiene las firmas de Fernando Negrette, intendente de Ypacaraí; Teodosio Gómez, de Villeta; Lucas Lanzoni, de Ñemby; José Vallejos, de Guarambaré, Ricardo Estigarribia, de Villa Elisa; Miguel Meza, de Itauguá, Alcides Riveros, de Fernando de la Mora, Horacio Ortiz de Ypané, entre otros.

Argumentan que el tránsito, transporte, la seguridad vial y otros temas vinculados a estos son del ámbito eminentemente municipal por mandato de la Constitución, la Ley 3966/10, “Orgánica Municipal”, y la misma Ley 5016/14, Nacional de Tránsito y Seguridad Vial.

Por ejemplo citan el artículo 168 de la Carta Magna, que establece claramente que entre las atribuciones de las Municipalidades están la reglamentación y la fiscalización del tránsito, del transporte público y de otras materias relativas a la circulación de vehículos”.

Así también refieren que la misma Ley 5016/10 “Nacional de Tránsito y Seguridad Vial”, que habla de la validez en todo el territorio solo de las licencias de conducir expedidas por las Municipalidades.

Aclaran además que la ley 5016 le permite a la ANTSV a coordinar con las municipalidades y la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (Opaci) el otorgamiento de licencias de conducir, certificación y homologación y no le faculta a otorgar esa atribución a otra institución.

El director jurídico de la ANTSV, Fernando Ferreira, defendió la resolución argumentando que “varias normas amparan a los militares a tener su propia” licencia de conducir. Señaló que “el cuerpo normativo paraguayo no se conforma solamente con la Ley 5016, que existen otras como la Constitución, la Ley Orgánica de la Fuerzas Armadas y los decretos de creación y operación de la Digetren, que data del año 1941, cuando en el país se emitieron los primeros registros de conducir”.

También dijo que “el registro militar era para conducir vehículos militares. O se que los uniformados deben tener igualmente su registro expedido por alguna municipalidad. Pero la Tte. Rosa Torres aseguró por su parte que “el registro militar tiene la misma validez que la emitida por la Municipalidad. El costo de cada licencia para los militares es de 40.000 guaraníes.

Para la Patrulla Caminera solo los registros expedidos por las municipalidades tienen validez para conducir vehículos particulares, según su director Luis Christ Jacobs.

Centros de impresión

La Ley 5016/14 en uno de sus artículos (Art. 9) habla de los centros de impresión de licencias de conducir departamentales y otorga la administración a la Agencia Nacional.

Para los intendentes no existe ni un artículo que señale, de forma taxativa, que el rol de la agencia sea otorgar permisos para que cualquier institución otorgue licencias de conducir a los ciudadanos.

También la titular de la Opaci, María del Carmen Benítez, remitió otra nota a la ANTSV para pedirle que deje sin efecto las resoluciones 11 y 56, que benefician a la Digetren, para expedir los carnés de conducir. La citada organización agrupa a alrededor de 200 municipalidades de unas 249 existentes.

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