Asesor mau y “psicóloga” que cobra por productos en el aparato estatal

Los notorios vicios del aparato estatal tienen mucho que ver con la persistencia en nuestra cultura político-administrativa de prácticas que responden al aforismo colonial “La ley se acata, pero no se cumple”. Esto también se observa en el Ministerio de Relaciones Exteriores, cuyos funcionarios se rigen por la Ley N° 6935/22, del Servicio Diplomático y Consular y del Administrativo y Técnico de la Cancillería. Cabe recordarlo dada la repentina aparición pública, como una suerte de asesor mau, del ciudadano argentino Andrés Rivas, ligado al poder político desde 2017 y a las relaciones exteriores del Paraguay desde 2024, cuando asistió como invitado especial a la reapertura de la embajada en Israel, junto con Santiago Peña y el canciller Rubén Ramírez. Y últimamente en el marco del bochornoso viaje oficial a Washington, aparece como asesor de este último en una reunión con el diputado estadounidense Mario Díaz-Balart y en otra con el Consejo de las Américas, la Fundación Heritage y el Instituto Republicano Internacional.

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Se ignora cómo se pagan los viajes, las estadías, los viáticos y los “consejos” del susodicho, pero sí que el mismo no figura en las planillas del Ministerio de Relaciones Exteriores ni, obviamente, en su escalafón, para lo cual se requiere la nacionalidad paraguaya. Tampoco pudo haber sido nombrado ni contratado como asesor, figura que, por lo demás, no aparece en la Ley N° 6935/22. Siendo muy improbable que Andrés Rivas trabaje tanto tiempo ad honorem, la Cancillería debe revelar a la opinión pública, en homenaje a la transparencia, de dónde sale el dinero para financiar los desplazamientos y el trabajo del consultor, que por su parte elude dar las debidas respuestas. ¿Sale del bolsillo del canciller o del propio Presidente de la República o habría otra fuente inconfesable?

Es comprensible que Rubén Ramírez quiera recibir buenos consejos para, entre otras cosas, conquistar la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos, pero debería cuidar las formas y ajustarse siempre a la ley. ¿Recurriría acaso al asesoramiento del argentino también para tratar con su Gobierno temas relacionados con la hidrovía o con la Entidad Binacional Yacyretá? De ninguna manera se incurre en xenofobia –millones de paraguayos trabajan en Argentina– al afirmar que, por lo menos, no es habitual que un canciller sea aconsejado por un extranjero: se trata de una cuestión de sentido común. Pero lo más grave en esta cuestión es que un extranjero, de quien se desconoce la forma de vinculación con el Gobierno ni de dónde recibe su remuneración, asista a importantes reuniones con autoridades nacionales donde bien se puede manejar información privilegiada.

En general, la función pública está regida desde el 16 de enero de este año por la Ley N° 7445/25, que prioriza la meritocracia y fomenta la transparencia, según el Palacio de López. Se trata de un fin laudable que contribuiría a la tan mentada “reforma del Estado”, siempre que sea efectivamente cumplida y no servir de mera pantalla para dar la impresión de modernidad, a propios y extraños. La derogada Ley N° 1626/00, de la Función Pública, tenía sus defectos, pero ella no era la verdadera causa del pésimo desempeño del aparato estatal, sino más bien el hecho de que, en gran parte, solo tenía una vigencia teórica, se la ignoraba. Valgan como ejemplos los contratos irregulares, celebrados con la enorme mayoría de unos 50.000 presupuestados para, supuestamente, “atender necesidades temporales de excepcional interés para la comunidad”, como disponía la citada normativa, pero que permanecen en sus puestos “per secula seculorum”.

Hace unos días se conoció uno de los casos más grotescos de los últimos años: intervinieron el diputado Christian Brunaga (ANR, cartista) y la “psicóloga” y vendedora por redes sociales Antonia Pedrozo, contratada en noviembre último por el presidente de la Cámara Baja, Raúl Latorre (ANR, cartista), como “asesora externa” del primero. Aparte de que el título académico de la agraciada –que omitió presentar su declaración jurada de bienes y rentas– no está registrado en el Ministerio de Educación y Ciencias, la misma no cumple un horario y gana 4.500.000 guaraníes mensuales, aunque el director de Recursos Humanos de la Cámara, Máximo Medina, dijo que ¡se la remunera “por producto”! Vale preguntar: ¿produce cada mes lo mismo y en igual medida para poder cobrar la misma suma de dinero? Suponiendo que la señorita realiza “trabajos técnicos especializados”, tendría que haber participado en un concurso de méritos, del que no hay noticias. Tampoco las hay sobre los frutos de su “asesoramiento” al diputado en cuestiones relativas a la mente y a la conducta de personas o animales, dando por sentado que no combate brotes epidémicos, no realiza censos, encuestas o eventos electorales ni atiende situaciones de emergencia pública, que son las otras tres “necesidades temporales” citadas en la antigua ley y reiteradas en la nueva para contratar a personas físicas.

Si el Ministerio Público tomara en serio la persecución del delito de cobro indebido de honorarios, tendría muchísimo que hacer no solo en el Palacio Legislativo, aunque colaborara la Contraloría General de la República; lo mismo cabría decir del Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional del Ministerio de Economía y Finanzas, si por un azar del destino se le ocurriera vaciar el aparato estatal de quienes no demostraron su idoneidad en un previo concurso público de oposición. Como nunca ha importado que las designaciones y los contratos violatorios de la Ley N° 1626/00 son absolutamente nulos, es presumible que lo mismo ocurra con respecto a los que transgreden la flamante Ley de la Función Pública y del Servicio Civil.

Al violar las leyes, el aparato estatal no solo fomenta el delito y derrocha el dinero público, sino también se arriesga a que la política exterior sea influida desde afuera, de modo que ya es hora de aprender a respetar el principio de legalidad, propio del Estado de derecho.

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