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El 8 de marzo pasado el juez Julián López rechazó dicho amparo, decisión ahora ratificada por los camaristas Delio Vera Navarro y José Agustín Fernández. La tercera miembro del colegiado, Bibiana Benítez, votó porque se declare inoficioso.
El argumento para el rechazo del amparo es que la comuna capitalina ya evacuó las consultas del letrado, pues en ocasión de contestar el recurso precisó que las informaciones requeridas están a disposición de la ciudadanía en la web de la comuna.
Poletti apeló dicho fallo, tras sostener que las respuestas son parciales. La ordenanza que regula la actividad de los limpiavidrios, la resolución N° 698/18 por la cual se adjudica el servicio de la gestión tributaria y catastral al consorcio TX Panamá, son algunas de las informaciones solicitadas.