Condenas por pornografía

La Sala Penal de la Corte rechazó las casaciones que plantearon tres condenados por formar parte de una red de pornografía infantil y abuso sexual de menores en el año 2009 en el penal de Tacumbú.

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Los ministros Miryam Peña, Manuel Ramírez y Luis María Benítez Riera rechazaron la casación que plantearon Jorge Abel Pereira Colmán y Feliciano López López, y confirmaron la condena de 20 años de pena más 10 de medidas de seguridad para ambos. Estos reos lograban el ingreso de menores de edad en la prisión y las obligaban a actos sexuales que eran filmados y fotografiados.

Al respecto el ministro Ramírez Candia indicó: “La defensa de Jorge Pereira se agravia por la inobservancia del principio de congruencia, en la aplicación de los 10 años de medidas de seguridad sin mediar la advertencia prevista por el Art. 400. De las constancias de autos se colige que en sus alegatos finales el Ministerio Público solicitó, además de la pena privativa de libertad, la aplicación de medidas de seguridad. A esta solicitud la defensa tuvo oportunidad de defenderse, y así lo hizo”.

Con relación a lo planteado por la defensa de Feliciano López, el ministro Benítez Riera indica que el escrito presentado no se halla debidamente fundado.

El exdirector de Tacumbú Julio Acevedo también planteó una casación que fue declarada inadmisible, con lo que su condena de dos años también quedó firme.

Acevedo fue condenado por no tomar los recaudos necesarios para evitar este tipo de delitos en la cárcel.

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