En un pronunciamiento decía que la Corte se estaba convirtiendo peligrosamente en una cuarta instancia, no prevista en nuestra legislación, al hacer lugar a una acción de declaración de certeza constitucional promovida por la Procuraduría y el Banco Central del Paraguay para evitar el pago de honorarios al abogado Francisco González, porque fue integrante de la asesoría jurídica del BCP.
El Colegio apuntaba que en fallos de primera y segunda instancia, que incluso fueron confirmados por la Corte Suprema, se dijeron que corresponde pagar los honorarios de González.
González, por su parte, dijo que los peticionantes nunca manifestaron en su escrito que ya plantearon todo tipo de excepciones invocando el artículo 105 de la Constitución Nacional y el artículo 12 de la ley de honorarios, y que todos fueron analizados y rechazados en primera y segunda instancia y hasta en la Corte Suprema.
“El BCP para justificar la procedencia de la acción planteó la cuestión como una incertidumbre para la aplicación de normas de rango constitucional y dejó de mencionar que al respecto diferentes juzgadores, tribunales y la propia Corte, en varios expedientes de inconstitucionalidad promovidos por el Banco Central, ya se han expedido rechazando los pedidos”, había señalado el abogado González, uno de los más beneficiados con regulación de honorarios.
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