Elevan a 23 y 41 votos para expulsar a los legisladores

La Cámara de Diputados sancionó ayer el proyecto de ley por el cual se reglamenta el Art. 201 de la Constitución Nacional sobre la pérdida de investidura para los legisladores. Para los diputados se requieren ahora 41 votos y para senadores, 23, sin importar la cantidad de los presentes en sala.

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Actualmente la Carta Magna no específica la cantidad de votos que se requiere para la expulsión de un parlamentario, motivo por el cual se aplica la regla general: la mitad más uno de los presentes en la sala de sesiones. El proyecto de ley sancionado se remite ahora al Ejecutivo para su estudio y consideración, que podría resolverse con veto total o parcial o promulgación.

La iniciativa sancionada ayer no solo eleva la cantidad de votos (23 para senadores y 41 para diputados) sino también aumenta para iniciar el procedimiento de la pérdida de la investidura parlamentaria. En primer lugar, deberá ser presentada en la Cámara de la cual forma parte el legislador y deberá contar con la firma de al menos la cuarta parte del total de los miembros de la Cámara respectiva; es decir 20 firmas en diputados y 12 en senadores. 

Mientras que para proceder a la expulsión de un legislador, mayoría absoluta: En Diputados 41 votos y en Senadores 23 votos.

El diputado Sebastián Villarejo (Patria Querida) llamó la atención de sus colegas al señalar que el Senado estableció que para iniciar el proceso de pérdida de investidura se necesita la firma de un cuarto de los miembros. “Eso nos parece que lo que hace nuevamente es burlar y evitar estos procesos y poner mayores trabas. Para convocar en Diputados a una extra se necesitan 15 firmas, por lo tanto, poner una quinta parte del total de la Cámara como es la versión que teníamos es tener 16 firmas”, indicó.

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