Aún hoy debemos hacer aclaraciones

Si vemos el panorama energético nacional nos preguntamos, ¿por qué el Paraguay no se preparó para usar su energía proveniente de las binacionales? 

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Tal vez los diplomáticos e ingenieros de 60 Hertz (frecuencia brasileña) se conformaron con la teoría rentista mínima, el de la cesión energética. Tal vez fueron comprados o alquilados por los socios condóminos que sí cuidaron patrióticamente sus intereses; acostumbra ser una estrategia de los imperios.

Hoy, a 35 años de generación en Itaipú y a escasos 4,5 años de la revisión obligatoria del Tratado de Itaipú debemos aclarar, sin embargo, algunos conceptos geopolíticos. Para el efecto recurriremos a los documentos oficiales, tal como uno recurre a su partida de nacimiento para una gestión básica.

Acta de Yguaçú del 22/06/1966, Item IV, “Concordaron en establecer, desde ya, que la energía eléctrica eventualmente producida por los desniveles del río Paraná, desde e inclusive el Salto Grande de Siete Caídas, el Salto del Guairá hasta la desembocadura del río Yguaçu, será dividida en partes iguales entre los dos países, siendo reconocido a cada uno de ellos el derecho de preferencia para la adquisición de esta misma energía a justo precio, que será oportunamente fijada por especialistas de los dos países, de cualquier cantidad que no vaya a ser utilizada para el suministro de las necesidades de consumo del otro país …” 

Tratado de la Cuenca del Plata, 23 abril 1969. Item 2. En los ríos internacionales de curso sucesivo, no siendo la soberanía compartida, cada Estado puede aprovechar las aguas debido a sus necesidades, siempre que no cause perjuicio sensible a otro Estado de la Cuenca.

Declaración de Asunción, mayo 1970. Item 1. “En los ríos internacionales contiguos, siendo la soberanía compartida, cualquier aprovechamiento de sus aguas deberá ser precedido de un acuerdo bilateral entre los ribereños”. Item 6. “Los Estados, al realizar obras destinadas a cualquier fin en los ríos de la Cuenca, adoptarán las medidas necesarias para no alterar en forma perjudicial las condiciones de navegabilidad”. Estos apartados deben ser considerados obligatoriamente en las negociaciones, con relación a la Esclusa de Navegación, contemplada en el Tratado pero nunca construida. ¡Pacta sun Servanda! 

Tratado de Itaipú. El 26 de abril de 1973, Paraguay y Brasil firmaron el Tratado. El 17 de mayo de 1974 fue creada la Entidad Binacional para la administración de la futura hidroeléctrica. El inicio efectivo de las obras ocurrió en enero de 1975. En 1982, con el llenado del embalse, las aguas subieron hasta la cota 220 msnm y llegaron a las compuertas del vertedero, a las 10.00 hs del 27 de octubre. El embalse se formó en 15 días, mucho antes de lo previsto, mediante las copiosas lluvias ocurridas en aquella época. El 5 de mayo de 1984, entró en operación la primera turbina de Itaipú.

Lo que sus estrategas no previeron es que el Art. III, Parágrafo 2º: “El Estatuto y los demás Anexos, se podrán modificar de común acuerdo por los dos Gobiernos”, así como el XV, servirían para el 2023 como un argumento categórico que el Tratado no es vitalicio. Pero sigamos analizando la geopolítica de la claudicación para instruir a los futuros negociadores y evitar que se conviertan a 60 Hertz.

Para los defensores de 50 Hertz, sin embargo, existen tres conceptos vitales: 1. El Tratado no es vitalicio. 2. La mitad de las aguas son nuestras. 3. La esclusa de navegación es vital para un país mediterráneo. Tal vez exista un 4° y último concepto: la reducción tarifaria le conviene a ambos socios. A la ANDE, porque comprará una energía barata que lo repasará a sus hoy castigados usuarios: a la Eletrobras que podrá ofrecer a sus industrias energía firme y segura a un precio similar a sus antiguas usinas hidroeléctricas ya amortizadas en la cuenca alta del Río de la Plata, el Río Grande. Otros conceptos interesantes asentados en simples diccionarios o balances oficiales son: 

Cesión: El término cesión es un sustantivo creado por el verbo ceder. En consecuencia, cesión es la “renuncia voluntaria” de algo que una persona hace a favor de otra. Hemos cedido nuestra energía en el Tratado, pero ésta no es vitalicia.

Compensación por Cesión de Energía: “Compensación a una de las Altas Partes Contratantes, equivalente a trescientos dólares de los Estados Unidos de América, por gigawatt-hora, cedido a la otra Alta Parte Contratante, a ser pagado exclusivamente por la Parte que consuma la energía cedida”. (Balance 2017).

Negociación: Se puede definir como el proceso mediante el cual dos o más personas buscan llegar a un acuerdo respecto a un asunto determinado. Negociación es tratar de alcanzar un objetivo mediante el acuerdo con la otra parte. En el 2023 iremos a una negociación, no a otra claudicación como en Yacyretá de Cartes y Macri.

Notas Reversales (NR): o notas paralelas, o notas idénticas, son un tipo de notas diplomáticas normalmente utilizadas para concertar algún entendimiento entre dos países. Son dos notas, una de propuesta y otra de respuesta y aceptación. La segunda transcribe textualmente la primera. En ambas se manifiesta que, una vez recibida la nota de respuesta con la aceptación, la materia constituirá un acuerdo entre los países. Nada impide que con una simple NR podamos cambiar la infame palabra “cesión” por venta a precio justo, como ya previa el Acta de Foz, de 1966.

En las próximas semanas estaremos modelando algunas propuestas matemáticas y económicas. Lo que no estoy seguro es, por una cuestión estratégica, si eso debe ver la luz o debe quedar en la mesa del equipo multidisciplinario y multipartidario que encarará la negociación.

Mientras, lo único concreto es que un litro de agua potable en Venezuela, Arabia Saudita, Irán, Irak, Kuwait y otros productores de petróleo es mucho más caro que un litro de nafta súper. ¿Cómo es que aquí un kW de energía sea tan caro hasta el punto que doña Felicita Miranda deba hacer una pollada para pagar su factura de la ANDE?

¿Cómo?

¿Cómo es que aquí un kW de energía sea tan caro hasta el punto que doña Felicita Miranda deba hacer una pollada para pagar su factura de la ANDE?

(*) Ing. Agrónomo. Téc. Sup. Electricidad. Msc en Desarrollo. Msc en Planif. y Conducción Estratégica Nacional.

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