CorteIDH condena a Perú por violación de derechos en la destitución de un juez en 1992

San José, 1 oct (EFE).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este martes al Estado de Perú por la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, en perjuicio de Gino Ernesto Yangali Iparraguirre tras su destitución del cargo de juez en 1992.

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La CorteIDH declaró a Perú como responsable internacional por la falta de implementación de los medios adecuados para garantizar el cumplimiento íntegro y en un plazo razonable de la obligación pecuniaria dispuesta judicialmente, en favor de Yangali.

Según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Yangali fue destituido del cargo de magistrado en 1992, y luego de promover distintas acciones judiciales fue reincorporado el 2 de marzo de 2004. Sin embargo, le fueron negados los sueldos devengados y demás beneficios laborales.

Ante ello, interpuso acciones judiciales dirigidas a reclamar los daños y perjuicios causados, a consecuencia de las cuales, el 6 de abril de 2016, se dictó la decisión que reconoció en su favor la indemnización correspondiente. No obstante las entidades públicas demandadas no cumplieron con lo ordenado.

"La Corte advirtió que la víctima promovió en 2008 una demanda contra el Poder Judicial y la Presidencia del Consejo de Ministros, con la pretensión de obtener una indemnización por los daños y perjuicios causados a partir de la destitución del cargo de juez, de la que fue objeto en 1992. Hasta la fecha de emisión de la sentencia, el pago no se había hecho efectivo íntegramente, sin que exista certidumbre ni información sobre la fecha en que el Estado terminará de cumplir dicha obligación", explica el Tribunal internacional en su sentencia.

La Corte ordenó como medida de reparación, la obligación del Estado de elaborar y presentar ante el órgano jurisdiccional a cargo de la ejecución de la obligación pecuniaria, una programación que determine fechas y montos de los pagos a realizar, a la vez que deberá informar de las gestiones realizadas para garantizar las asignaciones presupuestarias que posibiliten efectuar dichos pagos. Además, del pago por daños inmateriales y costas y gastos del proceso.

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