El dictamen recibió, en segunda votación, 60 votos a favor, 19 en contra y una abstención, con lo que no alcanzó el mínimo legal de 67 votos que establece la ley para su aprobación.
La propuesta proponía modificar la Ley de la Carrera Judicial y la Ley de la Carrera Fiscal "para optimizar la administración de justicia en la lucha contra la criminalidad organizada", según señalaron sus impulsores.
Consideraba, en ese sentido, que cometía el delito de prevaricación, con condenas de 8 a 12 años de cárcel, el fiscal o juez "que incumpliendo dolosamente sus deberes funcionales" ordenase o dispusiese la libertad de una persona detenida en flagrancia por la comisión de delitos con penas mayores a cinco años de prisión.
Además, establecía como faltas "muy graves, disponer, omitiendo los deberes funcionales, la libertad de personas detenidas en flagrancia" por la comisión de delitos cuya condena sea mayor a cinco años de cárcel.
También, no formular el requerimiento de prisión preventiva para los detenidos en flagrancia por la Policía o por arresto ciudadano por la comisión de delitos con condenas mayores a cinco años y que contaran con los elementos de convicción suficientes, o al hacerlo, se omitieran pruebas.
Este proyecto se presentó como una serie de medidas legislativas que plantean incrementar las sanciones y adoptar otras medidas para combatir el embate de la delincuencia y el crimen organizado en el país, que es la principal exigencia que la población peruana hace a sus autoridades.